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El régimen de Daniel Ortega puso en vigencia unas reformas a la normativa de la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras (SIBOIF) sobre Lavado de Dinero y Financiamiento al Terrorismo (LD/FT), para aplicarlas junto a la Ley de protección a sancionados.Entre los cambios establece un nuevo inciso para ordenar que las instituciones bancarias del país … Continuar leyendo
Por Artículo 66 diciembre 3, 2024

El régimen de Daniel Ortega puso en vigencia unas reformas a la normativa de la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras (SIBOIF) sobre Lavado de Dinero y Financiamiento al Terrorismo (LD/FT), para aplicarlas junto a la Ley de protección a sancionados.

Entre los cambios establece un nuevo inciso para ordenar que las instituciones bancarias del país podrán definir la conveniencia o no de establecer relaciones comerciales con «personas designadas en listas» y «designadas como lavadores de dinero».

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Precisamente la adición al artículo 11, deja establecido que las entidades bancarias nacionales deben realizar «debida diligencia intensificada para los “clientes designados en listas”», sin especificar a qué tipo de listas se refieren, lo que algunos analistas interpretan como que se trata de “listas de sancionados por la comunidad internacional”.

No obstante, sí se aclara que esos clientes o potenciales clientes deben ser informados a la Unidad de Análisis Financieros (UAF), encargada de vigilar lo relacionado con el Lavado de Dinero y Financiamiento al Terrorismo (LD/FT).

La misma adición a la normativa de la Superintendencia de Bancos establece que las instituciones financieras deben verificar que «para los clientes designados en listas», la prestación de servicios financieros internacionales no ponga en riesgos sus relaciones comerciales internacionales. También en el caso de clientes designados como lavadores de dinero, terroristas», igual en el caso de «financistas del terrorismo o por estar vinculado con el crimen organizado».

La SIBOIF, el órgano de control del sistema bancario de la dictadura, ya ha mostrado eficaces y afilados colmillos a la hora de aplicar sanciones para sangrar con miles de dólares a los bancos nacionales por faltas menores y de rutina, y eso es una muestra de lo que les espera a las instituciones financieras del país si osan incumplir la Ley de los sancionados.

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Durante el 2024, han sido sancionadas siete instituciones financieras con multas que totalizan 128 mil dólares más 2 millones 219 mil 894 córdobas. 

Este año la SIBOIF multó al Banco Ficohsa dos veces. La primera sanción contra esta institución financiera fue en mayo, mediante la resolución OSB-007-2024, con 20 mil dólares por «incumplimiento Norma sobre CdR», es decir, una normativa sobre Centrales de Riesgo.

La segunda mediante la resolución OSB-013-2024, de mayo de este año  con 10 mil dólares por «Incumplimiento a reportar Partes Relacionadas».

Mientras que, el Banco de la Producción S.A, (Banpro), recibió dos sanciones en el mismo mes de mayo, la primera de 2 millones 146 mil 926 córdobas, por «Incumplimiento de Ley No. 842 Ley de protección de los derechos de los usuarios» y la segunda de 21 mil dólares, por «resultados de Inspección».

Un funcionario del Departamento de Estado de Estados Unidos respondió a una consulta que le hizo Artículo 66 sobre las últimas medidas de la dictadura de Daniel Ortega, que pretende obligar a las instituciones financieras nicaragüenses a evadir las restricciones impuestas a personajes del gobierno sandinista que han sido designados por el Departamento del Tesoro y la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC).

El funcionario dijo, a condición de no mencionarlo directamente hasta que la entidad no emita una comunicación oficial, que Estados Unidos conoce de la larga lista de reformas legales que ha impulsado Daniel Ortega y Rosario Murillo, y que las mismas son la evidencia de que en Managua está en curso la consolidación y concentración absoluta del poder en el Ejecutivo.

Valoró que la concentración de poder en el Ejecutivo y la extensión de los periodos de los jefes del Ejército y la Policía, sumado al intento de crear vías para evadir las sanciones que le ha impuesto Estados Unidos, Canadá, Reino Unido y la Unión Europea terminarán por aislar más a Nicaragua.

La fuente fue categórica en afirmar a este medio de comunicación que las sanciones de Estados Unidos y las restricciones de visas a los operadores represivos de la dictadura de Nicaragua siguen vigentes y enfatizó que las han aplicado basados en el derecho internacional, en respuesta a los argumentos de los voceros del régimen sandinista y otros regímenes autocráticos, que las califican como «agresiones unilaterales».

ARTÍCULO 66 es un medio de comunicación nicaragüense que trabaja desde el exilio debido a la persecución del Estado contra la prensa independiente. Algunas de nuestras informaciones no revelan la identidad de nuestras fuentes ni están firmadas por nuestros periodistas por razones de seguridad.

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