CIDH pide a la Corte IDH proteger a monseñor Abelardo Mata y a cuatro personas de su entorno

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) solicitó este 11 de agosto a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) ampliar las medidas provisionales de protección a favor de monseñor Juan Abelardo Mata Guevara y cuatro personas de su entorno cercano.
La petición responde a una situación que el organismo califica de «extrema gravedad y urgencia», ante el riesgo inminente de que sufran daños irreparables a su integridad y vida.
La CIDH ya le había otorgado medidas cautelares en 2021, pero sostiene que, durante el seguimiento del caso, no recibió del Estado de Nicaragua información que demostrara la adopción de acciones efectivas para enfrentar el riesgo que enfrenta Mata.
«Monseñor Mata fue objeto de una serie de mensajes de descalificación y descrédito hacía él y la Iglesia católica, así como de actos de hostigamiento, amenazas de muerte, intimidación, agresión y persecución en su contra, en Nicaragua. Dicha situación llevó a que, en su momento, adopte medidas de autoprotección, tales como limitaciones en sus desplazamientos», detalla el comunicado.
La incertidumbre sobre su paradero
La CIDH alertó que el escenario se volvió más delicado después de que Mata después de que se reportara su detención el pasado 30 de junio. Desde entonces, se desconoce su paradero.
El Ministerio del Interior del régimen de Daniel Ortega y Rosario Murillo informó el 4 de julio que el obispo había regresado a su vivienda y se encontraba en buenas condiciones.

Sin embargo, su representación legal sostuvo que continuaba bajo detención o vigilancia policial y posteriormente alertó sobre su incomunicación y la ausencia de información verificable sobre su estado de salud.
La comisión cuestionó que, pese a la versión oficial sobre el regreso de Mata a su vivienda, persista la falta de información verificable sobre su situación.
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Recordó que, pese a sus solicitudes de información durante la vigencia de las medidas cautelares, no recibió una respuesta que demostrara la adopción de medidas de protección «idóneas y efectivas», ni acciones de concertación o medidas destinadas a investigar y mitigar el riesgo.
¿Qué significa que el caso llegue a la Corte IDH?
Las medidas provisionales son una herramienta de protección que utiliza la Corte IDH en situaciones de extrema gravedad y urgencia cuando existe riesgo de que las personas sufran daños irreparables.
Si la Corte las concede, sus disposiciones son obligatorias para el Estado y Nicaragua tendría que adoptar las acciones específicas que el tribunal determine para proteger los derechos de las personas beneficiarias.
En el caso de Mata, la CIDH considera que las circunstancias alcanzaron un nivel excepcional debido a la combinación de amenazas previas, persecución, hostigamiento y la falta de información sobre su situación.
La Comisión pidió que este nuevo escenario sea valorado dentro del contexto general de Nicaragua, país cuya situación de derechos humanos ha sido objeto de seguimiento permanente por parte de la propia CIDH, la Organización de Estados Americanos y otros organismos internacionales.

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