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mié. 30 sep.
Nacionales

Régimen prorroga concesión minera de 8,700 hectáreas en Nueva Segovia

La concesión San Albino Murra, vigente desde 2002, fue prorrogada a favor de NICOZ Resources. El área abarca 8,700 hectáreas en Nueva Segovia
Por Artículo 66 septiembre 30, 2026
La concesión minera San Albino Murra, en Nueva Segovia, fue prorrogada por la Dirección General de Minas a favor de NICOZ Resources por un área de 8,700 hectáreas | Foto: Archivo

La Dirección General de Minas de la Procuraduría General de Justicia (PGJ) autorizó una prórroga de la concesión minera sobre el lote San Albino Murra, con una extensión de 8,700 hectáreas en los municipios de Murra y El Jícaro, departamento de Nueva Segovia.

La decisión fue publicada este miércoles 30 de septiembre en La Gaceta, Diario Oficial, mediante el título de concesión minera metálica No. 074-PGJ-DGM-2026. El área concesionada comprende 4,862.23 hectáreas en Murra y 3,837.77 hectáreas en El Jícaro.

La concesión está a nombre de NICOZ Resources, S.A., empresa que solicitó la prórroga el 24 de julio de 2026. Según la resolución, la compañía cumplió con las obligaciones establecidas en la concesión, entre ellas el pago de tributos mineros, la presentación de informes y planes de trabajo y la obtención del permiso ambiental.

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La concesión sobre San Albino Murra comenzó a tener vigencia el 4 de febrero de 2002 y estaba prevista para finalizar el 3 de febrero de 2027.

El documento señala que NICOZ Resources tiene «la capacidad técnica y financiera para continuar desarrollando actividades mineras» en el área y que presentó la solicitud dentro del plazo establecido por la Ley 387, Ley Especial sobre Exploración y Explotación de Minas.

Con la prórroga, la empresa deberá pagar un derecho anual de vigencia equivalente a 12 dólares por hectárea, en moneda nacional, dividido en dos cuotas. También deberá pagar una regalía del 3 % sobre el valor de las sustancias extraídas y entregar informes mensuales de producción.

Entre las obligaciones establecidas figuran el cumplimiento de las normas laborales y ambientales, facilitar las inspecciones de la Dirección General de Minas y presentar información sobre la minería artesanal existente en la zona.

La resolución establece además que los mineros artesanales que ya trabajan dentro del área deberán tener acceso conforme a la Ley 387. Para nuevos mineros artesanales, el área destinada a esa actividad no podrá superar el 1 % del total concesionado, previo acuerdo.

El título también prohíbe realizar actividades de exploración o explotación a menos de 100 metros de poblaciones, edificaciones religiosas, pozos, vías de comunicación, obras públicas o ductos, salvo autorización expresa de la Dirección General de Minas.

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