La bancada sandinista, obediente a los mandatos del régimen de Daniel Ortega y Rosario Murillo, aprobó con 74 votos a favor, 14 votos en contra (Bancada Liberal), una abstención y un diputado que no dijo ni si ni no; la Ley de Reforma y Adición a la Ley 842, Ley de Protección de los Derechos de las Personas Consumidoras y Usuarias, con la que obligará al sistema financiero del país a reabrir las cuentas bancarias a funcionarios, operadores sandinistas e instituciones -como la Policía Nacional-, que han sido sancionados por Estados Unidos.
Con esta nueva ley, según la Asociación de Bancos Privados (Asobanp), Ortega abre paso al lavado de dinero y pone a la banca nacional bajo la lupa del Departamento del Tesoro de Estados Unidos, lo que podría iniciar con el cierre de las corresponsalías internacionales, y con ello implicaría el aislamiento financiero internacional.
La modificación a la Ley de Consumidores también obligará a las empresas de servicios básicos, como telefonías, internet o energía, por ejemplo, a prestar esos servicios a los personajes que han sido declarados como delincuentes internacionales por el Departamento de Tesoro.
El diputado orteguista José Figueroa, vicepresidente de la Comisión de Producción Economía y Presupuestos del Parlamento, al presentar el dictamen de esa Comisión en la que dan el visto bueno a la reforma, justificó diciendo que dicha medida contaba con las debidas consultas a distintas entidades, aunque en realidad solo consultaron a las mismas instituciones bajo control del Ejecutivo, que estarían protegiéndose con dicha reforma, así como la Superintendencia de Bancos y otras Instituciones Financieras (SIBOIF), al Banco Central de Nicaragua, el Consejo Nacional de Microfinanzas, El Ministerio de Hacienda y Crédito Púbico (MHCP), el Consejo Nacional de Cooperativas, y el Ministerio de Economía Familiar Comunitaria Cooperativa y Asociativa (MEFCCA), todos subordinados a Ortega.
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Asimismo, Figueroa, dijo que la aprobación de la reforma se da «en el marco del estado social de derechos que rige en Nicaragua», y que responde al mandato constitucional de proteger a las personas consumidoras y usuarias y a salvaguardarlas de la discriminación, al tiempo que el diputado orteguista la advirtió a la empresa privada que «la libertad de empresa no es irrestricta y deben estar supeditados a los intereses sociales».
La reforma a la Ley de protección a los Consumidores convierte en servicios básicos el uso de telefonía celular, Tv por cable.
Figueroa expuso que las personas consumidoras y usuarios podrán recurrir, con esta Ley ante los entes reguladores de los servicios cuando sientan que sus derechos como consumidores sean vulnerados. Y la Ley autoriza a los entes reguladores a crear una normativa para aplicar la reforma de la Ley.
Con esta Ley queremos «salvaguardar el acceso a los bienes servicios sin discriminación y que nadie podrá negar la prestación de bienes y servicios a los consumidores sin que se aplique un sustento legal o jurídico. Poner a salvo los derechos humanos de los consumidores y usuarios de los servicios financieros, los que tienen que notificar cualquier medida contra el usuario y sustentarla. Y el consumidor podrá recurrir ante los entes reguladores en caso de sentir que están siendo violentados sus derechos. Esta iniciativa estipula que la cancelación de un bien y servicio no se extiende a terceras personas vinculados con el afectado por la medida», remarcó el parlamentario sandinista.
Por su parte, la diputada por el Partido Liberal Constitucionalista (PLC) Azucena Castillo dijo que su bancada parlamentaria se opone y vota en conta de la reforma a la Ley 842 porque equiparan al Estado con un consumidor y eso es un desacierto, además, según Castillo, con la reforma «se pone en peligro al país ante la comunidad financiera internacional y que a la larga será más perjudicial para los consumidores nacionales».
La Cámara de Comercio Americana en Nicaragua (Amcham) indicó, al conocer de la iniciativa de reforma a la Ley del consumidor, que esa reforma generaría afectaciones económicas y sociales a las empresas y familias nicaragüenses, e instó a la Asamblea Nacional que revise de manera integral la nueva pretensión sandinista.
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«Esta iniciativa afectaría directamente la importación y exportación de productos y servicios de parte de la pequeña, mediana y grande empresa, ya que las leyes locales del país estarían en conflicto con las normas financieras internacionales que permiten el comercio y el flujo de dinero a nivel mundial», señala el comunicado de la Cámara presidida por Rodrigo Zamora Terán.
La iniciativa que despertó la alarma en otros actores del sector privado pretende obligar a las instituciones financieras a mantener abiertas las cuentas bancarias de las personas sancionadas por el Departamento de Estado de Estados Unidos por corruptos y/o violadores de derechos humanos, lo que pone en riesgo al país, según economistas.
Va en contra del principio constitucional de libre empresa y libre contratación entre los actores económicos del país, e incrementará el riesgo país, lo cual «haría aún más difícil promover la inversión local y extranjera y por ende la generación de más empleo y progreso social», indica Amcham.
«A su vez, pone en riesgo directo la posibilidad de que un nicaragüense pueda recibir una remesa familiar, siendo este una de las principales fuentes de ingresos para cienes de miles de nicaragüenses», advirtió.
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La Asociación de Bancos Privados de Nicaragua (Asobanp) emitió una carta-protesta conta la reforma a la Ley 842, con fecha 28 de enero en la que advierte que esa reforma «promueve prácticas que incitan el lavado de dinero, nos ponen en riesgo como país de pasar de la lista gris en que nos encontramos a la lista negra que impone el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) lo que ocasionaría el cierre de las cuentas de corresponsalía bancaria, la imposibilidad de recibir remesas, de enviar o recibir transferencias internacionales, el cierre de líneas de crédito del exterior y cancelación de contratos con las marcas de tarjetas de crédito».
Asobanp detalla que la reforma a los artículos 9 numeral 10 y 25, artículo 54, la adición al artículo 6 numeral 33 y el artículo 120, especificamente, violan el derecho constitucional de libre empresa, desconocen las políticas internas de las instituciones financieras sobre prevención de lavado de dinero y establece discrecionalidad para la Superintendencia de Bancos (Siboif) y el Banco Central.
Por su parte el economista Maykell Marenco señaló que la iniciativa es «inadmisible» porque propone que el Estado se convierte en «árbitro» y «afectado». «Estamos hablando que ante un eventual conflicto, quien emite la sanción o multa sería el Estado, el afectado sería el Estado y el juez también sería el Estado. Es como una especie de caballo de Troya porque, a través de nombres bonitos (Ley del Consumidor), posiciona al Estado con un beneficio más».
Ante la posibilidad de que el régimen de Daniel Ortega persiga que las instituciones financieras faciliten los trámites a las personas o instituciones sancionadas por el Departamento de Estado de Estados Unidos, el economista indicó que «es posible» porque la iniciativa «deja vacíos».
«Por ejemplo, la iniciativa menciona el tema de la no discriminación política y eso puede abarcar aspectos como una persona, una institución u organización que ha sido sancionada podría ser “discriminada” por ese aspecto y entra en el espectro de razones políticas. Es bastante discrecional», manifestó Marenco.
El expresidente del Consejo Superior de la Empresa privada (Cosep), José Adán Aguerri, compartió en sus redes sociales que «el régimen usará Ley de Consumidores para forzar a los bancos a reabrir cuentas a los sancionados».