[vc_row][vc_column][vc_column_text]América Latina ha enfrentado guerras, revoluciones, golpes de Estados, dictaduras y centenares de muertos, a causa del afán de los gobernantes de quedarse de por vida en la silla presidencial. Las maniobras para lograrlo han sido tan variadas como polémicas: Reformas totales para habilitar la reelección continua e indefinida, interpretaciones judiciales que declararon inconstitucionales las Constituciones y maniobras “flexibles” que produjeron cambios ligeros para permitir postulaciones alternas, hasta países como México que derrocaron la reelección a balazos y después de 100 años de alternancia nadie se ve tentado a comer de ese “fruto envenenado”.
Algunos mandatarios por ambiciones de poder, otros por tratar de completar sus planes de nación, que en muchas ocasiones los plazos estipulados en las cartas magnas resultan insuficientes. Sin embargo, algunas naciones se rehúsan a autorizarla porque han lidiado con dictaduras que solo dejaron muerte, dolor y miseria.
La región latinoamericana presenta en común las siguientes categorías sobre las reelecciones: prohibida, alterna, inmediata e indefinida. Las más radicales son las indefinidas y las prohibidas. Países como Estados Unidos, uno con la democracia más aceptadas a nivel internacional. En su enmienda XXII, vigente desde 1951, establece que “no se elegirá a las mismas personas para el cargo de presidente más de dos veces”, disposición que permite la permanencia de una persona, como máximo por ocho años en la Casa Blanca y con ellos, la culminación de planes de nación. Así establecieron los límites a cualquier intento de dictadura.
no se elegirá a las mismas personas para el cargo de presidente más de dos veces
El más reciente
Uno de los casos más recientes sobre reformas constitucionales en América Latina es el del presidente de Honduras, Juan Orlando Hernández, quien con el apoyo de las instituciones y de la Sala Constitucional en ese país logró, en diciembre de 2016, aprobar la reelección pese a que un artículo pétreo se lo impedía.
El solo intento de cambiar esta disposición de la Constitución de Honduras haciendo una consulta en elecciones abiertas a los hondureños, le valió un golpe de Estado militar en el 2009 al expresidente Manuel Zelaya (2006 – 2009).
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Hernández se acogió a un fallo de la Sala Constitucional de su país que declaró inconstitucional el segundo párrafo del artículo pétreo. El recurso interpuesto el 8 de diciembre de 2014 ante esa instancia de la Corte Suprema de Justicia fue firmado por 16 diputados oficialistas del Congreso Nacional, quienes además pidieron abolir el numeral 5 del artículo 42, que establece que la calidad de ciudadano se pierde “por incitar, promover o apoyar el continuismo o la reelección del Presidente de la República” y también solicitaron declarar inconstitucional el artículo 330 del Código Penal que dice: “Será sancionado con reclusión de 6 a 10 años quien habiendo ejercido a cualquier título la Presidencia de la República, promoviere o ejecutare actos violatorios del artículo constitucional que prohíbe ejercer nuevamente la Presidencia de la República o desempeñar de nuevo dicho cargo bajo cualquier título”.
Misma estrategia de Ortega
La estrategia de Hernández es idéntica a la ejecutada por el régimen de Daniel Ortega en Nicaragua. La movida de Ortega incluyó a un joven abogado de nombre Eduardo Mejía. Según reportó el diario La Prensa, el abogado Mejía —que había sido asesor de la Bancada Sandinista en la Asamblea Nacional y luego juez suplente en los tribunales de Managua —, se presentó el 15 de octubre de 2009 ante el Consejo Supremo Electoral (CSE) para pedir que al ciudadano presidente José Daniel Ortega Saavedra se le aplicara el principio constitucional de igualdad incondicional de todo ciudadano nicaragüense y así se le permitiera ser candidato a la reelección en los comicios que se celebrarían en 2011.
Un día después, el CSE le respondió a Mejía que Ortega no podía ser inscrito por una prohibición expresa en el artículo 147 de la Constitución nicaragüense.
El abogado, con premura, siguió el proceso. Una hora después se presentó ante el Tribunal de Apelaciones de Managua (TAM) para introducir un recurso de amparo contra la resolución del CSE, recoge la publicación de La Prensa.
El TAM tramitó el recurso de amparo de Mejía el mismo 16 de octubre por la tarde y el lunes siguiente (19 de octubre de 2009) los magistrados sandinistas de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) armaron la sentencia 504 en la que admitieron el recurso de Mejía y de 105 alcaldes oficialistas. Con esa resolución, que declaró inconstitucional la Constitución, Ortega quedó habilitado para ser candidato las veces que quiera.
Para el politólogo nicaragüense José Antonio Peraza, este tipo de situaciones son “una nefasta tradición nicaragüense en la que el gobernante se quiere perpetuar en el poder” y se amparan en varias justificaciones “la patria, la justicia social, la preponderancia de la revolución, el liberalismo, la moralidad pública es decir ha tenido muchas versiones”.
Peraza calificó a las reelecciones presidenciales como “el peor mal que ha conocido Nicaragua porque siempre ha provocado dictadura y violencia”.
el peor mal que ha conocido Nicaragua porque siempre ha provocado dictadura y violencia
Con la interpretación constitucional impuesta por Ortega en el 2009, Nicaragua regresó a lo que establecía la Constitución de 1987 que permitía la reelección continua y que en 1995 fue cambiada para permitir únicamente la postulación alterna, del mandatario en ejercicio.
Obsesión con el poder
Las maniobras de Hernández y Ortega son las más recientes, sin embargo, las reformas constitucionales con fines reeleccionistas no son nuevas.
En el 2009 el fallecido presidente de Venezuela Hugo Chávez realizó un referéndum para pedir la aprobación de la enmienda a los artículos 160, 162, 174, 192 y 230 de la Constitución venezolana en la que se establecí la reelección indefinida. Chávez ganó la votación en ese referéndum con un 54.85% para el Sí y el 45.14% para No.
Perú
En el año 1990 ganó la presidencia de Perú Alberto Fujimori. Dos años después, Fujimori disolvió el Congreso e intervino el Poder Judicial, el Ministerio Público, la Contraloría, el Tribunal de Garantías Constitucionales y los gobiernos regionales. La maniobra del gobernante fue calificada como el “autogolpe”.
Fujimori definió a su gobierno como de Emergencia y Reconstrucción Nacional e incluyó la aprobación de una nueva Constitución, que entre otros aspectos aprobó la pena de muerte por delitos de terrorismo y la reelección presidencial por una sola vez, inmediata o consecutiva. Al amparo de esa disposición contenida en el artículo 112 de la nueva Carta Magna peruana, Fujimori se reeligió en 1995; al año siguiente, mediante una controvertida “Ley de Interpretación Auténtica”, se le permitió otra reelección consecutiva (la llamada “re-reelección”).
De acuerdo a esta interpretación, el segundo gobierno de Fujimori (1995-2000) era el primero sujeto a ese artículo constitucional, invocándose la no retroactividad de las leyes. Luego de la fuga de Fujimori en octubre del 2000 se modificó este artículo, quedando prohibida la reelección inmediata. A partir de entonces, quien culmina su mandato presidencial puede volver a competir transcurrido como mínimo un período alterno.
Argentina
La Constitución de Argentina de 1949 fue proclamada por el presidente Juan Domingo Perón en su primer mandato (1946 – 1952). En esta Carta Fundamental se incorporó la elección directa del presidente y el vicepresidente y la posibilidad de su reelección.
Perón, el primer presidente argentino elegido por sufragio universal intentó perpetuarse en el poder. Aunque fue por medios democráticos, fue el único argentino que ha ocupado la presidencia durante tres periodos.
En 1957 el gobierno militar convocó a elecciones para propiciar un cambio de Constitución, por lo que esa nación volvió a la Carta Magna de 1853 la cual establece en el artículo 90 que “el presidente y vicepresidente […] podrán ser reelegidos o sucederse recíprocamente por un solo período consecutivo”. Sin embargo, en el 2012 la presidenta Cristina Fernández intentó abrir el tema de reformas sobre la reelección, en su aspiración de seguir en el poder, pero no lo logró.
El presidente y vicepresidente […] podrán ser reelegidos o sucederse recíprocamente por un solo período consecutivo
Brasil
En 1997 el Senado brasileño aprobó una enmienda constitucional que permitió al presidente Fernando Henrique Cardoso presentarse como candidato a la reelección en 1998 para un segundo periodo que terminaría en el 2002. La modificación permitió no solo al presidente, sino también a los gobernadores de los Estados y alcaldes que pudieron postularse también para un segundo periodo. Con esta reforma del 97 se rompió en Brasil una tradición de más de 100 años de la República brasileña que siempre rechazó la reelección.
Las reelecciones “flexibles”
Mientras en Nicaragua y Venezuela los gobiernos de Chávez y Ortega empujaron reelecciones sin límites y los presidentes podrán ser candidatos las veces que quieran, en países como República Dominicana, Bolivia, Colombia, El Salvador, Ecuador, Chile y Costa Rica, por iniciativas de mandatarios en el poder, ejecutaron trasformaciones constitucionales para propiciar una continuidad más “flexible” en las candidaturas presidenciales.
En República Dominicana las reformas aplicadas en el 2002 indicaron el cambio de una reelección alterna a una inmediata, esas fueron impulsadas por el presidente Hipólito Mejía (2000 – 2004), derogando así las contemplaciones de su Constitución Política de 1994 en la que se establecía en el artículo 49 “[…] el presidente de la República […] será elegido cada cuatro años por voto directo, no pudiendo ser electo para otro período constitucional siguiente”.
Sin embargo, las pretensiones reeleccionistas de Mejía no se concretaron porque en los comicios de 2004 fue derrotado por Leonel Fernández, quien ya había gobernado entre 1996 y 2000.
Con la victoria sobre Hipólito Mejía, Fernández estaría cumpliendo el segundo mandato (2004 – 2008) y para los comicios de 2008, amparado en la misma enmienda impulsada por Mejía, logró la reelección que lo ubicó por tercera vez en la silla presidencial (2008 – 2012).
Costa Rica en la misma Ruta que Ortega y Hernández
En Costa Rica estaba prohibida la reelección presidencial desde 1969. El artículo 132 de la Constitución costarricense establecía que no podía ser electo “el presidente que hubiera ejercido la presidencia durante cualquier lapso”. Pero en 2003, bajo el gobierno de Abel Pacheco, un grupo de simpatizantes del expresidente Oscar Arias (1986 – 1990), promovieron una interpretación de la Carta Magna en la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia.
Mediante dicha maniobra en el Poder Judicial, Arias logró ser candidato para un segundo periodo (2006 – 2010).
Cuando en Nicaragua Ortega siguió el mismo proceso a través de la Sala Judicial, para defender su derecho a la segunda nominación y darle legitimidad a la candidatura, citó como ejemplo el mismo procedimiento seguido por su vecino. El Premio Nóbel de la Paz, en su defensa, respondió que “no podemos compararnos. (En Nicaragua) No hubo debate, no hubo discusión ni análisis profundo. Las dos resoluciones son radicalmente distintas”, subrayó el gobernante de Costa Rica a medios de comunicación de su país. Arias además señaló que en Nicaragua los magistrados judiciales “pertenecen a los partidos políticos”.
No podemos compararnos. (En Nicaragua) No hubo debate, no hubo discusión ni análisis profundo. Las dos resoluciones son radicalmente distintas
Colombia
El presidente Álvaro Uribe, en el 2004 resolvió transformar la Constitución, vigente desde 1991 para estipular la reelección continua. Gracias a la enmienda Uribe pudo postularse para un segundo período, gobernando así desde el 2002 hasta el 2010. De igual manera, el presidente Juan Manuel Santos elegido en el 2010 se favoreció de esas transformaciones en el 2014. Sin embargo, el Congreso de Colombia estableció nuevas reformas constitucionales en el 2015 en la que se indicó que “no podrá ser elegido el ciudadano que a cualquier titulo haya ejercido la presidencia”.
El proyecto votado por 90 congresistas a favor y 10 en contra además estableció una cláusula pétrea en la que se establece que esta figura se revivirá solo si hay referendo por iniciativa popular o una iniciativa constituyente, según se lee en esta publicación del diario El Tiempo.
Bolivia
Por su parte, Bolivia, que tenía establecida en su Constitución la reelección alterna, fue cambiada en el 2006 mediante una Asamblea Constituyente impulsada por el presidente Evo Morales (2006 – 2010). La reforma le permitió a Morales mantenerse en la presidencia para un segundo periodo (2010 – 2014) y desde entonces la reelección indefinida ha truncado las aspiraciones presidenciales de cualquier otro boliviano.
Ecuador
En Ecuador mediante una Asamblea Constituyente promovida por el presidente Rafael Correa, en julio de 2008, se aprobó una nueva Constitución, la cual legitimó con un referéndum para permitirse la reelección inmediata por una sola vez. La Carta Magna anterior a esas reformas, indicaba que “el presidente y vicepresidente de la República podrán ser reelegidos luego de transcurrido un período después de aquel para el cual fueron elegidos”.
Países con reelecciones alternas
Chile, El Salvador, Panamá y Uruguay mantienen en sus Constituciones la reelección alterna. En el caso de Chile el artículo 25 de su Constitución de 1980 establece que “el Presidente de la República durará en el ejercicio de sus funciones por el término de cuatro años y no podrá ser reelegido para el período siguiente”.
En El Salvador, en 1982 se convocó a una Asamblea Constituyente en la que se ratificó una nueva Constitución. En el artículo 152 se estipuló que el presidente en ejercicio podrá volver a presentar su candidatura después de esperar un periodo posterior a su mandato. Panamá, también instauró reformas que permitieron la reelección de tipo alterna, no obstante, varió especificando que los postulantes a la presidencia tendrían que esperar al menos dos períodos. Por último, Uruguay permite la reelección alterna, según el artículo 175 de su Constitución de 1830.
Intento frustrado en Paraguay
Paraguay es el último país que intentó cambiar su Constitución para eliminar el impedimento a la reelección. El presidente Horacio Cortés (2013 -2018) intentó enmendar la Carta Fundamental, pero las protestas callejeras que dejaron decenas de heridos y un muerto obligaron al mandatario a desistir y a la Cámara de diputados a archivar el proyecto de reforma.
Pese a su declinación, el mandatario Cortés declaró que ese “es un tema necesario para Paraguay”.
El artículo 229 de la Constitución paraguaya estipula que “el presidente de la República y el vicepresidente durarán cinco años improrrogables en el ejercicio de sus funciones”.
Evitan la dictadura
En México la reelección está prohibida. Ese país vivió una revolución, casualmente contra la reelección. En 1910, los mexicanos desmontaron, a tiros, la dictadura de Porfirio Díaz, que se había anclado en el poder por más de 30 años. México implantó en su Constitución la restricción, a tal punto que, la simple idea de cambiarla, representa un “fruto prohibido” para los mexicanos, que no han permitido por más de 100 años que se vuelva a montar otro dictador en la presidencia.
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