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El dictador Daniel Ortega ordenó una reforma parcial de la Constitución, modificando 130 artículos para «adecuar» la ley suprema a su medida y consolidar su régimen totalitario.Entre las reformas, establece una presidencia bicéfala con el cargo de «copresidente», extiende el período presidencial a seis años, eleva a rango constitucional el uso del Ejército para reprimir … Continuar leyendo
Por Artículo 66 noviembre 21, 2024

El dictador Daniel Ortega ordenó una reforma parcial de la Constitución, modificando 130 artículos para «adecuar» la ley suprema a su medida y consolidar su régimen totalitario.

Entre las reformas, establece una presidencia bicéfala con el cargo de «copresidente», extiende el período presidencial a seis años, eleva a rango constitucional el uso del Ejército para reprimir y legaliza a los paramilitares bajo el nombre de «Policía Voluntaria».

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Las reformas a la Carta Magna, que incluyen adiciones a 130 artículos y la derogación de otros 38, también cumplen el sueño de Rosario Murillo, actual vicepresidenta, al convertirla en «copresidenta» y compartir el cargo con Ortega.

El texto de la reforma establece que los cambios entrarán en vigor tras su aprobación en segunda legislatura, programada para enero, después del receso legislativo por Navidad y Año Nuevo.

La ley no aclara si Ortega y Murillo concluirán sus períodos actuales, originalmente de cinco años, o si los cambios se aplicarán de inmediato. De ser así, Murillo asumiría como copresidenta a partir de enero, y las próximas elecciones presidenciales se retrasarían hasta 2027. Además, el mandato de los alcaldes se extendería un año más, pasando a ser de seis años.

Entre los cambios propuestos, destaca la modificación al artículo 13, que establece como símbolos patrios, además del himno y la bandera nacional, las banderas de la lucha antiimperialista del general Augusto C. Sandino y de la Revolución Popular Sandinista. Así, el régimen impone a los nicaragüenses la obligatoriedad de rendir homenaje a la bandera rojinegra.

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El artículo 14 mantiene que «el Estado es laico y asegura la libertad de culto», pero añade un polémico párrafo: «Al amparo de la religión, ninguna persona u organización puede realizar actividades que atenten contra el orden público. Las organizaciones religiosas deberán mantenerse libres de control extranjero».

Esto amenaza con restringir aún más a las iglesias y organizaciones religiosas, incluyendo la supeditación de la iglesia católica al Vaticano, que es, en términos políticos, un Estado más.

La reforma «parcial» a la Constitución Política de Nicaragua, a juicio de analistas políticos y defensores nicaragüenses, concreta el sistema dinástico en el país.

El analista político Héctor Mairena, en entrevista con Artículo 66, refirió que la reforma muestra «una profundización del Estado totalitario de Nicaragua», ya que los dictadores Ortega y Murillo «están diseñando un Estado, vía reforma constitucional, exactamente a su medida. Esto quiere decir que ha resuelto el tema de la sucesión (…), de tal forma que ahora habría dos presidentes, indudablemente Ortega sería uno de ellos y Murillo la otra. Pero, además, dicen que van a nombrar a los vicepresidentes, entonces, tendrán la potestad total de nombrar a sus eventuales sucesores, por lo que esto parece más una dinastía, un sistema monárquico».

Juan Diego Barberena, abogado y activista político, concuerda con el análisis de Mairena al señalar que en este texto constitucional queda clara la imposición de un «estado totalitario».

Estamos pasando del Estado Democrático formalmente hablando, que sabemos que desde hace muchos años no existe, al Estado Familia, de la familia Ortega Murillo, cuando se manifiesta el apartado relacionado al Poder Ejecutivo, que se llamará ahora Presidencia, que será ejercido totalmente por un copresidente y copresidenta, con lo cual ellos resuelven el tema de la sucesión dinástica».

Apuntó que estas reformas amplían el período presidencial de cinco a seis años e incluso en la «disposición relativa al artículo 53, 55, que establece que todos los ciudadanos tienen derecho a elegir y ser electos, lo que se conoce como elecciones periódicas, eso es eliminado, de tal manera que podría interpretarse que cualquier persona puede ser electa sin necesidad de elecciones periódicas».


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