La Asamblea Nacional oficializó las reformas a los artículos 97 y 165 de la Constitución Política de Nicaragua, las que incluyen el «mandato supremo» de Daniel Ortega sobre la Policía Nacional y la derogación del control del Consejo Nacional de Administración y Carrera Judicial sobre el registro público.
En La Gaceta, Diario Oficial, del 19 de enero de 2024, la Asamblea Nacional publicó dos nuevas leyes: la Ley No. 1185, Ley de Reforma al Artículo 97 de la Constitución Política de la República de Nicaragua y la Ley No. 1186, Ley de Reforma al Artículo 165 de la Constitución Política de la República de Nicaragua.
El artículo 97 de la Constitución nicaragüense establece las funciones de la Policía Nacional, organismo gubernamental que, originalmente, es un «cuerpo armado de naturaleza civil». Sin embargo, esta reforma establece la «oficialización» del sometimiento del órgano gubernamental ante Daniel Ortega. De acuerdo con la nueva ley, la institución es «un cuerpo armado subordinado al presidente de la República».
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A su vez, la reforma describe que «la Policía Nacional dependerá de la autoridad ejercida por el presidente de la República, en su carácter de jefe supremo, y en estricto apego a la Constitución Política nicaragüense», lo que eliminó, en su totalidad, el carácter «profesional, apolítico, apartidista, obediente y no deliberante» con el que nació la Policía nicaragüense.
Por otro lado, los cambios que introdujo la ley 1186 afectan al Consejo Nacional de Administración y Carrera Judicial de Nicaragua. La reforma derogó el punto cuatro del artículo 165 de la carta magna, lo que eliminó todas las facultades de dicho consejo para la supervisión del funcionamiento administrativo de los Registros Públicos de la Propiedad Inmueble y Mercantil de Nicaragua, como también el control de las oficinas de servicios comunes.
A su vez, la Asamblea modificó el quinto y sexto capítulo del artículo de la carta magna, cambios por los cuales el consejo perdió la facultad de nombrar a los registradores públicos, como también no podrá instruir, conocer y resolver las denuncias por faltas disciplinarias leves, graves y muy graves de estos funcionarios.
Los cambios habituales a la carta magna
El cinco de junio de 2023, a raíz de una iniciativa enviada a la Asamblea Nacional por el diputado colaboracionista Mario José Asensio Flores, el plenario de la Asamblea Nacional participó una sesión ordinaria en la que se debatió la reforma al artículo 97 de la Carta Magna. Reunión en la que, en primera legislatura, los diputados aprobaron la pérdida del carácter independiente de la Policía.
Por otro lado, el 31 de octubre de ese año, en plena «limpieza de la Corte Suprema de Justicia», los diputados aprobaron una iniciativa de ley propuesta por la sandinista Loria Raquel Dixon, la cual deroga el inciso 4 y cambia los incisos 5 y 6, relacionados con las competencias del Consejo de Administración y Carrera Judicial sobre los Registros Públicos de la Propiedad, Inmueble y Mercantil.
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Aunque no fue oficializada como ley, en esa misma convocatoria, la Asamblea Nacional autorizó el paso del Sistema Nacional de Registros a la Procuraduría General de Nicaragua, por lo que dicho consejo perdió completamente el control de los registradores públicos.
Fue hasta el 17 de enero de 2024 que el régimen aprobó, de manera unánime, ambas reformas a la carta magna. Fueron 91 diputados los cuales autorizaron ambas reformas en su segunda legislación, proceso estipulado en la Constitución «manoseada» de Nicaragua.