Interinato de Delcy Rodríguez caducó, pero el chavismo se aferra al poder sin elecciones

La captura de Nicolás Maduro y Cilia Flores, ejecutada el pasado 3 de enero por militares estadounidenses en una operación relámpago en Caracas, cumplió seis meses este viernes 03 de julio, lo que implica, según la Constitución de ese país, que ya se produjo la falta absoluta del dictador suramericano, en el cargo de presidente, y por tanto, las autoridades que todavía están al mando del Estado deberían de convocar a elecciones para llenar el vacío.
Sin embargo, ni la Asamblea Nacional (AN) ni el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), ambos controlados por el chavismo, se han pronunciado sobre el tema. Ahora, cuando la nación caribeña atraviesa una de sus catástrofes más graves por los dos terremotos de 7.2 y 7.5 que se han cobrado la vida de más de 2 mil personas desde que se registraron el pasado 24 de junio, el foco está centrado en la atención de la emergencia.
Para el abogado venezolano y defensor de presos políticos, Joel García, es momento de activar el mecanismo constitucional para la sucesión legal del dictador. La Carta magna venezolana establece que en 180 días de una falta absoluta se deben convocar elecciones.
Qué debe ocurrir en Venezuela
Da primero un plazo de 90 días para que el vicepresidente ejecutivo asuma la ausencia temporal, que puede prorrogar por otros 90 días más, lapso que termina este 3 de julio.
«Si la ausencia se prolonga más allá de ese límite, la Asamblea Nacional tiene el deber de decidir si esa situación dejó de ser temporal y se convirtió en una falta absoluta. Esto no es una opción política ni una decisión conveniente: es una obligación constitucional. No pronunciarse equivale a dejar en suspenso el orden institucional», explicó en abril pasado la ONG Centro de Justicia y Paz (Cepaz).
Sin embargo, ni al cumplirse los tres meses o ahora que se vence el lapso constitucional, el Poder Legislativo ha emitido opinión al respecto. Solo la Sala Constitucional del TSJ dijo en enero pasado que Delcy Rodríguez debía asumir como presidenta encargada, pero invocaron un término que no está dentro del texto constitucional: «ausencia forzosa».

García dice que la ley es clara: «El silencio de la AN y el TSJ configura un fraude a la Constitución por vía de una mutación tácita. Pretenden crear una ‘presidencia encargada permanente’ no electa, lo que desnaturaliza el diseño republicano y viola flagrantemente la soberanía popular».
Rodríguez, que era la vicepresidenta ejecutiva de Maduro, fue reconocida por Estados Unidos como la presidenta venezolana y cuenta con el respaldo de la Casa Blanca desde el mismo 3 de enero, en una forma de tutelaje estadounidense que maneja desde entonces la comercialización del petróleo venezolano.
El chavismo, adaptándose a esta nueva forma para mantenerse en el poder, en los últimos meses ha respondido a Donald Trump con reformas de leyes que amplían la participación extranjera en la extracción de recursos considerados estratégicos sobre los cuales el régimen desde Hugo Chávez tenía la exclusividad. Los más destacados son el petróleo y la minería, al tiempo que preparan otra reforma del sector eléctrico, severamente deteriorado como lo sufre la población con cortes eléctricos diarios de hasta cinco horas.
García insistió en que el TSJ, cuando habló de «falta forzosa» intencionadamente no habló del límite de tiempo constitucional. Y aunque la Sala Constitucional tiene el poder de interpretar la Carta magna no lo tiene como un supra poder. En palabras del abogado, «no puede inventar regímenes de transición al margen de la norma escrita».
Como Maduro asumió el poder, severamente cuestionado por el fraude electoral de las elecciones presidenciales del 28 de julio de 2024, en enero de 2025 y lo capturaron un año después, la misma Constitución venezolana señala que al no cumplirse la mitad de su periodo, se deben convocar elecciones al declararse la falta absoluta en un plazo máximo de 30 días.
El apoyo de EEUU al régimen interino
Pero Estados Unidos diseñó un plan de tres fases para Venezuela al capturar al exdictador: estabilización, recuperación y transición. En mayo pasado el subsecretario de la Oficina para Asuntos del Hemisferio Occidental del Departamento de Estado, Michael Kozak, habló del término de esa primera etapa mientras concentraban los esfuerzos en la segunda.
En junio pasado, sin tomar en cuenta el liderazgo de la opositora María Corina Machado ni de la coalición de partidos que la apoyan, Estados Unidos nombró a la exdiputada Dinorah Figuera, que fue la última presidenta del Legislativo de 2015, a iniciar un diálogo con el chavismo para explorar de forma preliminar las condiciones mínimas para una transición democrática.
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Ambas partes decidieron instalar una mesa técnica paritaria el pasado 18 de junio, pero seis días después ocurrieron los dos terremotos que han dejado en una evidente vulnerabilidad política, social y económica a un país ya maltratado por 26 años y medio de dictadura chavista, con instituciones severamente cuestionadas, cientos de personas encarceladas y una crisis financiera que se ve reflejada en la devaluación diaria de la moneda nacional.

Y visto lo que dijo el encargado de negocios de la embajada estadounidense en Caracas en medio del terremoto, John Barrett, ese país se concentra actualmente en brindar asistencia por los terremotos para luego volver a la fase de recuperación.
«La recuperación económica ya había comenzado, y volveremos a centrarnos en el clima de inversión y en la reactivación de la economía. Así pues, ahora el enfoque es salvar vidas, pero retomaremos la segunda fase y la recuperación económica de Venezuela.», señaló en un encuentro virtual con los medios el pasado 1 de julio.
El papel de la Asamblea Nacional
Cepaz añade sobre la falta absoluta que «la Constitución no habla solo de presencia física, sino de la capacidad real de ejercer la jefatura del Estado. Cuando esa capacidad está comprometida de forma sostenida, ya no estamos ante una simple ausencia temporal», por lo que legalmente debe ocurrir es convocar a un proceso electoral para que Venezuela tenga un nuevo presidente.
La organización no gubernamental sostiene que ya no se trata solo de un asunto jurídico sino institucional, en el que el Legislativo tiene la clave para destrabar la actual situación.
«El punto no es solo jurídico, sino institucional: cuando la realidad desborda las categorías formales, corresponde a los órganos del poder público, especialmente la Asamblea Nacional, interpretar y aplicar la Constitución para preservar el funcionamiento del Estado. Y la Constitución es clara sobre lo que sigue».
García advirtió que la medida cautelar dictada el 3 de enero por el TSJ, al cumplirse los seis meses, pierde su efecto jurídico.
«Mantenerla hoy es sostener un gobierno de facto y convalidar la usurpación de autoridad… La Constitución no es un pacto de suicidio institucional. Extinguidos los 180 días, la falta temporal muta de pleno derecho en Falta Absoluta. La AN tiene la obligación ineludible de declararla y activar los mecanismos de sucesión definitiva», agregó.

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