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Fiscales y jueces violan los principios de «legalidad y justicia» en procesos políticos

Los juicios políticos contra opositores y miembros de la Iglesia católica han estado marcados por una serie de actuaciones de parte de los jueces y fiscales del Ministerio Público que violan el debido proceso, denunció el Colectivo de exfuncionarios y exfiscales de Nicaragua.«La privación de libertad solamente puede ser decretada dentro de un proceso penal … Continuar leyendo
Por Wilmer Benavides enero 30, 2023

Los juicios políticos contra opositores y miembros de la Iglesia católica han estado marcados por una serie de actuaciones de parte de los jueces y fiscales del Ministerio Público que violan el debido proceso, denunció el Colectivo de exfuncionarios y exfiscales de Nicaragua.

«La privación de libertad solamente puede ser decretada dentro de un proceso penal con garantías y por orden judicial debidamente fundamentada. Por lo que la privación de libertad y restricción personal que transgreda la función específica de la Policía Nacional también transgrede la Constitución Política y las leyes penales», señaló el Colectivo en una declaración pública.

Los exfuncionarios judiciales explican que los representantes del Ministerio Público han «obviado» actuar bajo los principios de objetividad y legalidad establecidos en los artículos 5 y 6 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, pues la actividad fiscal «debe ser autónoma y libre de toda motivación que esté fuera de la ley».

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Recordaron que su actuación debe ser con «independencia de criterio y sin ningún tipo de influencia partidaria». Criticaron que «han actuado de forma consciente en la criminalización de conductas que no constituyen delito», violando los principios de legalidad, justicia, proporcionalidad y equidad y los principios universales que garantizan la protección de los derechos humanos de los acusados.

Sobre los jueces y magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), los exfuncionarios señalan que estos han cometido infracciones normativas e infringido la norma procesal penal al ignorar las reglas del debido proceso «impidiendo el libre ejercicio de la defensa, ocultando información de los juicios y audiencias, omitiendo su deber de garantizar el acceso a la atención médica de los privados de libertad de forma pronta y oportuna».

«En la sustanciación de sentencias han transgredido las más elementales normas penales que garantizan el debido proceso: infringiendo la prohibición de doble penalidad, convalidando actos ilegales ejecutados por la Policía Nacional y el Ministerio Público, validando pruebas ilícitas y transgrediendo la prohibición constitucional sobre la irretroactividad de la ley penal», explica.

El caso de monseñor Álvarez y religiosos de Matagalpa

El Colectivo se refiere al proceso judicial contra el obispo Rolando Álvarez y los siete religiosos acusados de delitos de traición a la patria. Aseguran que el juicio se ha realizado sin las garantías mínimas, «vulnerándose especialmente el derecho a la defensa, que es un requisito esencial para la validez del proceso».

De las detenciones de los religiosos señalan que son arbitrarias y se han ejecutado para restringir el ejercicio de los derechos civiles contenidos en la Constitución Política, la Declaración Universal de Derechos Humanos y Tratados internacionales ratificados por el Estado nicaragüense. «La privación de libertad solamente puede ser decretada dentro de un proceso penal con garantías y por orden judicial debidamente fundamentada», destaca.

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