Condenan a 30 años a hombre que mandó a matar a su hermana en Chontales y a los tres sicarios

El Poder Judicial impuso penas de hasta 39 años de prisión, con límite efectivo de 30 años, contra Rito Emilio Martínez y tres hombres a los que, según la Fiscalía, contrató para asesinar a su hermana Sebastiana Elieth López Martínez en el departamento de Chontales. El crimen ocurrió la noche del 5 de septiembre de 2025 en la comarca Llano de los Pedros, en el municipio de San Pedro de Lóvago.
La sentencia 52/2025PN, dictada el 28 de noviembre por la jueza de Distrito Penal de Juicio de Acoyapa, Raquel de Jesús Montiel Díaz, condena a Rito Emilio como autor de parricidio y portación ilegal de armas. El fallo establece: «Se condena a Rito Emilio Martínez (…) a la pena de treinta años de prisión por el delito de parricidio en perjuicio de Sebastiana Elieth López Martínez (…) y por el delito de portación o tenencia ilegal de armas de fuego, a la pena de un año de prisión y cien días multa». En total, el tribunal le impuso 31 años de cárcel y una multa equivalente a 6,611 córdobas.
La jueza también declaró culpable a Arlen Antonio Robleto, señalado como el ejecutor directo del crimen, y a Lorenzo Calero Gudiel y su hijo Adrián Antonio Calero Castellón, acusados como coautores del ataque que casi termina con la vida del hijo de la víctima y dejó marcadas a dos niñas que presenciaron los hechos.
El encargo de muerte y la emboscada dentro de la casa
Según la acusación y la sentencia, Rito Emilio decidió contratar a un sicario para matar a su propia hermana. La Fiscalía sostuvo que entregó 50 mil córdobas y un revólver calibre 38 a Arlen Antonio Robleto para que ejecutara el crimen. Arlen, por su parte, reclutó a Lorenzo Calero y a su hijo Adrián con la promesa de repartir el dinero después del asesinato.
La noche del 5 de septiembre, los tres hombres llegaron en una mototaxi a la vivienda de Sebastiana López, donde ella se encontraba junto a su hijo Enyel Ramón Leiva López y dos nietas de 11 y 7 años. De acuerdo con el expediente judicial, los agresores entraron a la casa, despojaron a Enyel de su teléfono celular y lo inmovilizaron con un mecate en una de las habitaciones.
Mientras Lorenzo y Adrián respaldaban el asalto, Arlen llevó la presión directamente hacia la víctima. Primero exigió documentos y dinero y, después de encañonarla, la llevó a una habitación, donde la mató de un disparo. Acto seguido regresó hacia donde estaba Enyel, que permanecía tendido en el piso, y le disparó en la cabeza. El joven sobrevivió de manera milagrosa y se convirtió en testigo clave del caso.
Confesión del sicario y detalle de las penas
Durante el juicio, Arlen Antonio Robleto confesó que mató a Sebastiana López y relató que el día de los hechos bebía aguardiente junto a Lorenzo y Adrián antes de ejecutar el plan. La sentencia recoge que se trató de un asesinato agravado, ya que los atacantes actuaron de forma coordinada, dentro de la casa de la víctima y frente a menores de edad.
La jueza Montiel detalla en el fallo que Arlen recibe 25 años de prisión por asesinato agravado en perjuicio de Sebastiana; 5 años por robo con intimidación contra Enyel; 4 años por lesiones graves al mismo joven; 4 años por lesiones psicológicas graves en perjuicio de Enyel y de las niñas de iniciales R.E.M. y B.L.L.M.; y 1 año por portación ilegal de armas de fuego, más cien días multa. En total, el condenado acumula 39 años de prisión y una multa de 6,611 córdobas.

En el caso de Lorenzo Calero Gudiel y Adrián Antonio Calero Castellón, el Juzgado los declaró culpables de asesinato agravado, robo con intimidación y lesiones psicológicas graves. Cada uno recibió 25 años de cárcel por asesinato agravado, 5 años por robo y 4 años por las afectaciones psicológicas a Enyel y a las menores. Sumadas las penas, cada uno enfrenta 34 años de prisión.
Cumplirán 30 años en el Sistema Penitenciario de Cuisalá
Aunque la suma de las penas supera los 30 años en todos los casos, la jueza aplicó el artículo 37 de la Constitución Política, que establece un límite máximo de 30 años de prisión, salvo en casos de prisión perpetua revisable. Por esa razón, Montiel resolvió que los cuatro condenados «deberán cumplir únicamente treinta años de prisión» en el Sistema Penitenciario de Cuisalá, en el departamento de Chontales.
El cómputo de la pena corre desde el 6 de septiembre de 2025 y se extiende hasta el 6 de septiembre de 2055, sujeto a la revisión del juez de Ejecución y Vigilancia Penitenciaria.
La jueza dispuso la entrega de un teléfono celular a Enyel Leiva y el decomiso definitivo del revólver sin serie visible, un machete, una navaja, dos celulares y una mochila negra usados durante la preparación y ejecución del crimen.

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