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Minsa obliga a médicos y farmacéuticos a pedir permiso para asistir a capacitaciones dentro o fuera del país

A partir de ahora, todo el personal sanitario público o privado, y farmacéuticos que quiera participar en capacitaciones relacionadas con medicamentos, equipos o instrumentos médicos, dentro o fuera del país; así como distribuidores de medicinas o quien sea, que quiera promocionar servicios o celebrar congresos de salud en Nicaragua, está obligado a pedir permiso al … Continuar leyendo
Por Artículo 66 abril 24, 2024
El Minsa prohíbe capacitaciones y congresos científicos para personal de saludo, publico o privados, médicos sin su autorización expresa.
El Minsa prohíbe capacitaciones y congresos científicos para personal de saludo, publico o privados, médicos sin su autorización expresa.

A partir de ahora, todo el personal sanitario público o privado, y farmacéuticos que quiera participar en capacitaciones relacionadas con medicamentos, equipos o instrumentos médicos, dentro o fuera del país; así como distribuidores de medicinas o quien sea, que quiera promocionar servicios o celebrar congresos de salud en Nicaragua, está obligado a pedir permiso al Ministerio de Salud (Minsa) quien deberá autorizarlo sino, no podrá hacerlo.

Así lo estableció el régimen de Daniel Ortega, a través de la circular MS-ANRS-MLRG-0007-20-04-2024, de la Dirección General de Regulación Sanitaria (DGRS), del Minsa, emitida el 20 de abril y dirigida a los representantes de distribuidoras farmacéuticas, laboratorios y empresas de equipamiento e instrumental médico nacionales y no nacionales.

La orden ministerial, firmada por Martha Ligia Rosales Granera, directora de la DGRS establece que «toda actividad relacionada con capacitaciones, lanzamientos de productos, congresos y actividades técnicas científicas, congresos nacionales e internacionales, , y cualquier otra promoción de productos, que vayan a realizar dentro o fuera del país y que conlleve la participación de personal del sistema de salud pública y privada, debe ser conocida con 30 días de anticipación, y autorizada por el Minsa».

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La circular deja en claro que, en el país, bajo la dictadura Ortega-Murillo, las empresas y laboratorios privados importadores de medicamentos y equipos médicos que no sean de su agrado no podrá realizar ninguna actividad que pueda beneficiar al personal de salud con novedosos conocimientos científicos y técnicos.

Tampoco se podrá importar y promocionar nuevos medicamentos, equipos o servicios sin la estricta autorización de los representantes de la dictadura. 

El Minsa indica que «le corresponde a la Dirección General de la Autoridad Nacional de Regulación Sanitaria del Minsa, recibir la información y la solicitud de autorización para dar respuesta, en correspondencias a las leyes y reglamentos pertinentes».

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La Ley creadora de la Autoridad Nacional de Regulación Sanitaria (ANRS) fue aprobada por los diputados sandinistas en 2021, con el fin de centralizar bajo una sola oficina el control y recaudación de todos los servicios relacionadas con la salud que son «comercializables», incluyendo la cooperación internacional dirigida a ese sector.

Asimismo, esa instancia fue designada por el régimen para controlar, evaluar y registrar la importación, exportación, comercialización de medicamentos y autorizar la importación de donaciones de insumos.

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