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Ortega pretende llenar Juntas Receptoras de Votos mediante reforma a la Ley Electoral

Artículo 66porArtículo 66
mayo 4, 2022
en Destacadas, Nacionales
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Aproximándose las elecciones municipales en Nicaragua, el régimen de Daniel Ortega estará reformando la Ley Electoral, Ley 331, en busca de un mayor control sobre los comicios. Esta enmienda fue presentada por 75 diputados sandinistas para cambiar los tiempos de las campañas, repartición de escaños, y el número de electores por Junta Receptora de Votos (JRV).

Sacerdote celebra misa a través de una malla por represión policial. CSE convoca a elecciones municipales
byArtículo 66

El sacerdote Sebastián López, párroco de la iglesia Santa Lucía en Ciudad Darío, departamento de Matagalpa, ofició la misa matutina desde el atrio porque antimotines prohibieron el ingreso de feligreses. Además, conversamos con Olga Valle, del observatorio Urnas Abiertas, sobre las elecciones municipales de noviembre próximo.

Sacerdote celebra misa a través de una malla por represión policial. CSE convoca a elecciones municipales
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Mediante la reforma, Ortega busca ampliar de 400 a 600 el número de electores por JRV, traduciéndose en menos Centros de Votación. Con esto, el régimen pretende vender la imagen de una mayor afluencia de votantes ya que las elecciones presidenciales de 2021 fueron señaladas y criticadas por el bajo número de ciudadanos que dejaron las urnas vacías como forma de «resistencia ante el fraude electoral».

Los reportes de ciudadanos y organizaciones opositoras registraron la pobre afluencia, que se repitió en todos los departamentos del país, donde la población no salió a votar como respuesta a las campañas promovidas por sectores de la oposición.

Noticia relacionada: Reforma a la Ley Electoral busca limitar la fiscalización ciudadana y tener mayor control sobre el proceso, denuncia Urnas Abiertas

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La dictadura también se propone reformar el Artículo 16, en el cual se establece que en cada Departamento y Regiones Autónomas habrá un Consejo Electoral Departamental o Regional en su caso, así como un Consejo Electoral Municipal, por cada Municipio del país, estos consejos se integrarán «posterior a la constitución de las Alianzas de Partidos Políticos». La reforma establece que el nombramiento de los Consejos Electorales Departamentales y Regionales, en su caso, lo hará el Consejo Supremo Electoral; mientras que los Consejos Electorales Municipales, lo hará el Consejo Electoral Departamental o Regional.

Votación Managua, Nicaragua. Foto: Artículo 66 / EFE

Con esta reforma también se modifica el uso y aplicación de la tinta indeleble, la que a partir de la aprobación de la reforma se impregnará en toda la yema del dedo y no como se venía aplicando en la base de la uña, permitiendo borrase con mayor facilidad.

Por otra parte, los partidos políticos participantes dispondrán de un plazo de cinco días para presentar sus propuestas para los Consejos Electorales Departamentales o Regionales. Si no lo hacen, el Consejo Supremo Electoral procederá a su nombramiento de oficio al igual que al resto de consejos.

El Artículo 22 indica que, «los Centros de Votación y sus circunscripciones, serán determinados por el Consejo Supremo Electoral, en base a los datos poblacionales y territoriales que deberán presentar con suficiente antelación los órganos gubernamentales correspondientes».

Esta nueva reforma se realiza con el objetivo de «agilizar» y «mejorar» diversos aspectos del proceso electoral en las votaciones municipales, refirió la aplanadora sandinista a solo seis meses para que los nicaragüenses elijan a los alcaldes, vicealcaldes y concejales de los 153 municipios de Nicaragua.

Noticia relacionada: Dictadura de Ortega manda a reformar Ley Electoral para «agilizar» el proceso

Ahora los partidos políticos tendrán un tiempo de 20 a 30 día para realizar su campaña electoral, y de solo «veinte días para las elecciones de los miembros de los Consejos Regionales , Alcaldes, Alcaldesas, Vicealcaldes, Vicealcaldesas y de los Concejos Municipales», refiere la reforma.

Urnas Abiertas señaló que «ninguna de las nueve reformas propuestas, sugieren reformas de fondo que planteen mejorar la transparencia, o la integridad general del sistema electoral, como la despartidización de las instancias intermedias de administración electoral, tampoco son reformas que permitan la observación electoral independiente».

El observatorio multidisciplinario destacó que Nicaragua necesita garantizar un proceso electoral creíble, íntegro y legítimo, el cual pasa por recuperar las libertades fundamentales, incluyendo la libertad de los presos políticos, el cese de la represión, el levantamiento del estado policial y reformas electorales profundas que incluya la observación de la comunidad nacional e internacional.

En un año, Ortega ha planteado dos reformas a la Ley Electoral, la primera la aprobaron los parlamentarios orteguistas el 4 de mayo del 2021, en una sesión donde además eligieron a los magistrados propietarios y suplentes del Consejo Supremo Electoral (CSE).

Dichas reformas se dieron a pesar del rechazo de la oposición y de la comunidad internacional, quienes hicieron llamados para que se crearan las condiciones para que se dieran unas elecciones libres, justas, transparentes y observadas.

Tags: Elecciones 2022Elecciones Municipales Nicaraguarégimen Daniel Ortega
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