La precandidata presidencial opositora Cristiana Chamorro Barrios cumplirá 90 días de detención domiciliaria el próximo 31 de agosto, fecha en la cual la dictadura de Daniel Ortega y Rosario Murillo deberá ponerla en libertad o iniciar un formal proceso judicial acusándola en los juzgados.
La aspirante, que se había posicionado como una de las favoritas para competir contra los Ortega-Murillo en las eventuales elecciones generales del próximo siete de noviembre, fue confinada a guardar arresto en su casa el primero de junio, cuando un numeroso dispositivo policial tomó por asalto su residencia para allanarla y detenerla a ella. Desde entonces permanece incomunicada.
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En una nota de prensa del Poder Judicial emitida el miércoles, dos de junio, la dictadura se lanza contra la precandidata y sin guardar siquiera apariencias, deja ver que la intención es dejarla fuera de toda posibilidad de desafiarle el poder al matrimonio dictatorial y la inhibe de aspirar a algún cargo público.
«El Juzgado Quinto de Distrito de lo Penal de Audiencias Circunscripción Managua resolvió este martes, 01 de junio de 2021, “ha lugar” a las medidas precautelares solicitadas por el Ministerio Público en contra de Cristiana María Chamorro Barrios, en la causa judicial número 010820-ORM4-2021-PN», se lee en el comunicado oficial para intentar justificar la detención arbitraria.
La Fiscalía acusó a Chamorro Barrios por los supuestos delitos de «gestión abusiva, falsedad ideológica, ambos en concurso real con lavado de dinero, bienes y activos». También solicitó medidas precautelares y la «inhabilitación para (optar a) cargos públicos, por no estar en pleno goce de sus derechos civiles y políticos al encontrarse en un proceso penal».
El Ministerio Público, llamado «la fábrica de casos falsos contra opositores», subordinada al dictador a Daniel Ortega; dijo que la medida se amparó en el artículo 35 de la Ley de Prevención de Crimen Organizado.
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Según algunas encuestas, Cristiana Chamorro se había alzado como una de las favoritas para arrebatarle a través del voto popular la Presidencia de la República a Daniel Ortega. A la hija de la expresidenta Violeta Barrios, eso le costó la persecución penal desde el 20 de mayo cuando fue citada por la Fiscalía para responder por una supuesta inconsistencia financiera de la clausurada Fundación Violeta Barrios de Chamorro (FVBCH), de la que ella era directora.
Igualmente, la dictadura acusó a los extrabajadores contables de la Fundación, Walter Gómez y Marco Fletes, quienes se encuentran detenidos por un periodo de hasta 90 días que se cumplirán el próximo 28 de agosto, día en que de igual forma deberán ser puestos en libertad o conducidos a un proceso judicial formal.
Nicaragua vive en un «Estado criminal»
Para la abogada Martha Patricia Molina, todos los presos políticos en Nicaragua no están detenidos sino «secuestrados», pues se les ha violado sus derechos constitucionales.
«No podeos llamar detención a una situación que no cumple con lo establecido con la Constitución Política de Nicaragua, en lo relacionado con las garantías del debido proceso según el artículo 33 de la Carta Magna ni con lo establecido en el Código Penal (CP) y El Código Procesal Penal (CPP). Lo que ocurre en Nicaragua bajo la administración de (Daniel) Ortega y su esposa (Rosario Murillo) son secuestros porque las garantías mínimas del debido proceso se están vulnerando a cada uno de los secuestrados», señaló la abogada.
Explicó que con relación a los inconstitucionales 90 días de detención judicial determinados en la Ley de reformas y adición a la Ley 406 CPP, aprobada en febrero del 2021, establece que en la «audiencia especial de tutelas de garantías constitucionales, la autoridad judicial determinará el plazo razonable para la investigación complementaria que no podrá ser menor de 15 ni mayor de 90 días».
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«A los secuestrados se les impuso un plazo de 90 días. Esta Ley es inconstitucional, pero si obviamos ese grave aspecto, es necesario señalar que todas las personas secuestradas por razones políticas son inocentes, no han cometido ningún delito, lo único que han hecho es reclamar el cumplimiento de sus derechos», destacó Molina.
Agregó que «deseara ser optimista y asegurar que vencido el plazo de los 90 días cada uno de los presos políticos va a quedar en libertad, pero vivimos en un Estado criminal que utiliza las leyes para perseguir a personas inocentes, entonces vencido el plazo dará inicia a lo que se conoce como audiencia preliminar, y la duración de este proceso, si se ajusta a lo que establece el CPP (Código Procesal Penal), tendría que durar aproximadamente tres meses, contándolos a parir de la primera audiencia, a menos que se considere un caso de tramitación compleja y en esa variante el plazo se va a duplicar».