La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) emitió una resolución, este jueves 24 de junio, en la que ordena al Estado de Nicaragua poner en libertad a cuatro de los 20 presos políticos capturados durante la última escalada represiva y además requiere medidas de seguridad para garantizar sus vidas y el respeto a sus derechos humanos. Nicaragua debe informar sobre las medidas acatadas el próximo ocho de julio, indica la resolución.
La Corte, en sus considerandos establece que, a la vista de todo lo anterior (violaciones a los derechos humanos, individuales y constitucionales de los detenidos,), «el Tribunal considera necesario, debido a las circunstancias excepcionales del presente asunto, ordenar la liberación inmediata de los señores Juan Sebastián Chamorro, José Adán Aguerri Chamorro, Félix Alejandro Maradiaga Blandón y Violeta Mercedes Granera Padilla. Asimismo, el Estado deberá adoptar las medidas necesarias para garantizar la vida, integridad y libertad personal de las cuatro personas identificadas, así como sus núcleos familiares».
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La Corte IDH, con sede en Costa Rica, consideró que «la privación de libertad de estas personas, conlleva implícito un mensaje intimidatorio orientado a disuadir y silenciar a otros opositores políticos al poder verse expuestos a la privación de la libertad, cuestión que cobra especial importancia ante la inminencia de las elecciones generales que se celebrarán este año, situación que, de persistir, estaría erosionando las reglas del juego democrático y del Estado de Derecho».
En la resolución también requieren al Estado de Nicaragua a que “adopte de forma inmediata las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida, la integridad y libertad personal de los señores Juan Sebastián Chamorro García, José Adán Aguerri Chamorro, Félix Alejandro Maradiaga Blandón y Violeta Mercedes Granera Padilla y de sus núcleos familiares”.
De igual manera, ordena al Estado de Nicaragua, administrado por la dictadura de Daniel Ortega y Rosario Murillo, que «informe la Corte Interamericana de Derechos Humanos a más tardar el ocho de julio de 2021 sobre las medidas urgentes adoptadas para dar cumplimiento a esta decisión. Con posterioridad, el Estado deberá presentar un informe periódico cada mes respecto de las medidas adoptadas de conformidad con esta decisión».
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Asimismo, en la sentencia le recuerdan al estado de Nicaragua que ratificó la Convención Americana el 25 de septiembre de 1979 y, de acuerdo con su artículo 62, reconoció la competencia contenciosa de la Corte el 12 de febrero de 1991, por cuanto, Nicaragua debe someterse a esos acuerdos firmados.