El régimen de Daniel Ortega se prepara para reformar la Ley Creadora del Banco de Fomento a la Producción (Produzcamos) con la que la institución financiera estatal dejaría de estar sujeta a las disposiciones de la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras (Siboif) referente a las operaciones de fideicomisos realizadas por las instituciones financieras.
El proyecto que fue presentado a la Asamblea Nacional por el presidente Ortega el lunes, 26 de abril, manda a cambiar los artículos 11, 12, 14, 15, 21, 25, 30, 31 y 38. Y se encuentra en la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto desde el 29 de abril.
El economista y expresidente del Consejo Superior de la Empresa Privada José Adán Aguerri explicó que al no quedar sujeto a la Siboif en relación con el establecimiento de fideicomisos «sería un retroceso en relación a los compromisos como país que se han adquirido alrededor de los controles a implementar en las Políticas de Lavado de Dinero y Financiamiento al Terrorismo».
«El Produzcamos lo que hace es financiar a empresas y ahí, hasta hoy, ellos tienen que cumplir con los mismos requisitos que cualquier banco», resaltó. La reforma provocaría un deterioro en la transparencia y administración institucional al plantear, además, un manejo discrecional presupuestario y en remuneraciones y funciones de funcionarios claves.
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Una fuente del sector financiero nacional aceptó hablar con Artículo 66 bajo condición de anonimato y explicó que con esta iniciativa, el presidente Ortega busca vincularla con la reciente reforma a la Ley del Consumidor, norma con la que el régimen desea incorporar a sus funcionarios sancionados por Estados Unidos y países aliados al sistema financiero del país. El experto alerta que el gobernante busca blindar a sus operadores políticos y económicos obligando a que el banco Produzcamos capte depósitos del público, y con esa maniobra lograr abrir las bóvedas para guardar el dinero que causa «repelo» en la banca privada.
Además, subrayan que la reforma al Banco Produzcamos da un gran poder a la figura del Presidente de esa institución para autorizar operaciones, por lo que el cargo sería ocupado por una persona de confianza del régimen. A su vez, podría dejar abierta la posibilidad de que el Banco financie a empresas ligadas al círculo de poder sancionado de Ortega, sin que sea supervisado por la Siboif.
Aguerri descarta que la intención final del régimen sea facilitar que los sancionados por Norteamérica realicen transacciones a través de este banco porque «es un riesgo (mayor) que alguna institución financiera con vínculos al sistema financiero internacional permita que personas sancionadas puedan realizar transacciones», pero la fuente que opina lo contrario, sin revelar su identidad, opina que «si vos lees los considerandos, mucho hay argumentos de que hay que proteger al consumidor, al ciudadano que tenga créditos, y acordate de la Ley de Protección del Consumidor que busca proteger a los sancionados», insiste la fuente.
Además cita la reforma propuesta al artículo 21 de la Ley creadora del Banco Produzcamos, en la que se lee: «”Artículo 21. Operaciones. PRODUZCAMOS podrá efectuar las funciones, actividades, operaciones bancarias, e inversiones propias de los bancos comerciales…”. Eso solo tiene una misión, es captar depósitos de los ahorrantes, que actualmente no puede (captarlos). Eso está diseñado para guardar el dinero de los sancionados», concluye.
Reformas al Banco Produzcamos
Otras de las maniobras identificadas por el experto financiero como un intento de controlar que todo lo que ordene el Ejecutivo sea acatado por el banco está en la conformación del directorio. Con estas reformas el Consejo Directivo de Produzcamos estará integrado por un Presidente, un funcionario del Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MCHP) que, en caso de ausencia del Presidente, será su suplente. El Presidente del Banco será el ejecutivo principal y será a su vez el presidente del Consejo Directivo con representación legal del banco, tanto en lo judicial como en lo extrajudicial.
El Consejo Directivo autorizará las operaciones de corresponsalía del banco, aprobará su propio reglamente interno. El numeral 13 del artículo 12 establece que el Consejo Directivo fijará la remuneración del Presidente del Banco y del Gerente General. «Es decir, habrán dos tigres en la misma colina», afirma el financista.
El artículo 25 sobre las operaciones de Fideicomiso establece que el banco podrá constituir, en su calidad de fideicomitente, fideicomisos en el marco de lo dispuesto en la Ley 741, Ley sobre el contrato de Fideicomiso. El total de los recursos fideicomitidos no podrá exceder el diez por ciento (10%) de su patrimonio neto.
El numeral dos le otorga actuar como fiduciario en el marco de lo dispuesto en la la Ley 741, Ley sobre el contrato de Fideicomiso, en la Ley 561, Ley General de Bancos; y en las normas de la materia emitidas por la Siboif.
El régimen de Daniel Ortega impulsa la presente iniciativa de manera simultánea con una reforma a la Ley contra el Lavado de Activos, el Financiamiento al Terrorismo y Financiamiento a la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva.
Aguerri también advirtió que con ello se pretende incorporar al Ejército en la Comisión Nacional. «Este es un tema que no es militar y lo que hacen es continuar militarizando este tipo de temas».