El Ministerio de Gobernación, la entidad gubernamental designada por el régimen de Daniel Ortega para aplicar la Ley de Agentes Extranjeros, ya publicó su notificación con fecha del 29 de enero, y a partir de esa fecha da cinco días de plazo a todo el que se considere agente extranjero para inscribirse como tal, de lo contrario, advierten que se les aplicará la Ley 1040 que contempla multas y hasta «confiscación» de bienes y cuentas bancarias.
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En una notificación digital de forma «emergente» que se hace visible automáticamente cuando se accede al portal oficial de internet del Ministerio de Gobernación, esa institución hace saber que «en cumplimeitno a lo establecido en la Ley 1040 “Ley de Regulación de Agentes Extranjeros”, el Ministerio de Gobernación notifica a las personas naturales y jurídicas que actúen como agentes extranjeros y no han cumplido con la obligación de registrarse, que deberán realizarlo en un plazo no mayor de cinco días hábiles, contados a partir de la presente notificación. El incumplimiento de esta disposición será sancionado de conformidad a la Normativa de Regulación, Supervisión y Sanción de Agentes Extranjeros, publicada en la Gaceta Diario Oficial No. 20 del 29 de enero de 2021».

La Abogada Martha Patricia Molina, experta en temas de transparencia e integrante del Observatorio Anticorrupción, dijo a Artículo 66 que, de acuerdo con esa notificación, el régimen de Daniel Ortega ha echado a andar su ley represiva con la que pretende arrinconar a los Organismos No Gubernamentales y a todos los opositores. Incluso, esa ley va contra trabajadores de call center por el simple hecho de recibir su salario desde el extranjero.
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Ademas, la jurista asegura que la notificación es maliciosa porque «debió ser personal, a cada persona natural o jurídica que se convierta en sujeto obligado, sin embargo, la hacen de manera general y en una página de internet como queriendo obligar a que los que quieran inscribirse la incumplan».
Molina explicó que de acuerdo con la norma jurídica en materia civil, los días sábado y domingo se cuentan como un solo día, por lo tanto, debido a que la notificación del MINGOB tiene fecha de 29 de enero, los cinco días que dan de plazo para inscribirse se agotan el jueves 4 de febrero. Después de esa fecha, el régimen podrá «echar mano de su ley para empezar a perseguir a todo el que considere agente extranjero y vendrían las cancelaciones de personerías jurídicas, las confiscaciones de bienes y cuentas bancarias y las multas que van desde los cinco mil una hasta las quinientas mil “unidades multas” y cada unidad multas equivale a un dólares, es decir, que las multas podrían alcanzar hasta el medio millón de dólares».

La reglamentación de la Ley de Agentes Extranjeros, publicado el mismo 20 de enero en La Gaceta, diario oficial, en su Artículo 25, referido a las infracciones, en su numeral tres, inciso a) establece que es infracción grave «inclumplir con el deber de inscribirse en el registro de agentes extranjeros» y en el Artículo 26 de la misma normativa, en el inciso a, literal iii), el MINGOB establece que «por la comisión de una infracción muy grave, multa de cinco mil una unidades multas a quinientas mil unidades multas»
En el mismo Artículo 26, inciso d, la reglamentación autoriza a la cancelación de la personería jurídica de la persona natural o jurídica que no se inscriba como agentes extranjera y el siguiente inciso e) de dicha normativa establece que, previa solicitud a un juez, se procederá a la «intervención (confiscación) de fondos y activos» de la persona u organismo que el régimen considere agente extranjero y decida no inscribirse. Todas esas sanciones ya podrán ser aplicadas a partir del próximo jueves, según el calculo de los plazos que hace la abogada Molina.