La Asamblea Nacional aprobó la Ley de reforma al Código Penal y la Ley 779, Ley Integral Contra la Violencia hacia la Mujer para echar a andar los intereses del gobierno de Daniel Ortega que pretende aplicar la pena de prisión perpetua contra quienes cometan supuestos «crímenes de odio».
Con 70 votos a favor, 16 en contra y cuatro abstenciones, fue aprobada la reforma este miércoles, 20 de enero, un día después de ser presentada con trámite de urgencia por la bancada rojinegra.
«¡Buena Nueva!» publicó a lo inmediato el diputado sandinista Carlos Emilio López en sus redes sociales. «Con esto solo quedaría su publicación en La Gaceta y luego ¡listo! Nunca más crímenes de odio», remarcó.

«Hay una desconfianza. Este instrumento se une a los anteriores que no buscan más que reprimir y meter más el miedo a aquellas personas que, por la discrecionalidad, pudieran ser acusadas de estar intentando causar una conmoción en la sociedad por simplemente estar en la oposición», manifestó la diputada liberal Azucena Castillo, durante su intervención en el hemiciclo.
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La primera vicepresidenta, diputada sandinista Maritza Espinales, respondió en defensa de la reforma y, siguiendo el discurso gubernamental, aprovechó la conmoción generalizada ante el incremento de los femicidios para justificar la penalidad contra los supuestos delitos de odio.

«Aquí hay falta de vergüenza, personas descaradas. Para que las mujeres vivamos en paz para que dejemos de escuchar noticias tan dolorosas (de feminicidio) eso es lo que nosotros queremos evitar y queremos construir un marco jurídico que nos de seguridad humana. (Los sandinistas) vamos a votar con orgullo», dijo, de manera alterada, Espinales.
A continuación, el liberal Paul Antonio González manifestó que «sin ánimo de contestar a Espinales. Hay un error técnico en dicha iniciativa. No fue considerada el descuento de la sanción privativa de la libertad y la libertad condicional. Hay un “enredo” en cuanto a la prisión perpetua, no tocaron, no revisaron, no analizaron la Ley 745 (de ejecución, beneficios y control jurisdiccional de la sanción penal). Esta iniciativa debió haberse mandado a una consulta amplia para que fuese escuchado por expertos en material penal».

El diputado Wálmaro Gutiérrez recalcó que la reforma pretende aplicar la pena en delitos de parricidio, asesinato agravado y femicidio. «Para dejar claramente que todos los nicaragüenses condenamos los crímenes de odio cometidos contra las mujeres en nuestro país. Se quieren oponer a condenar los crímenes contra nuestra niñez, opónganse, pero no vengan a decir que esta reforma tiene fines de persecución política», manifestó.
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Sin embargo, recordó episodios asociados a las protestas sociales, y resaltó que «no es posible que en este país, después que se le mate a una persona, se le arrastre en plaza pública y se le termine incendiando, eso no tiene nombre y eso es lo quiere prohibir y condenar esta Ley». «Hoy la Asamblea se reviste de dignidad aprobando un acto de justicia para las víctimas de crímenes de odio», celebró.
La reforma al artículo 37 de la Constitución Política de Nicaragua, que establecía que en Nicaragua no existía penas aisladas o sumadas, que sobrepasaran los los 30 años de prisión, fue aprobada el lunes 18 de enero, dos días antes de la presente aprobación a la reforma al Código Penal y Ley 779.