Corte-IDH condena a Nicaragua 22 años después por violar derechos políticos de Alejandro Fiallos

La Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó al Estado de Nicaragua por violar los derechos políticos, las garantías judiciales y la libertad personal de Alejandro Fiallos Navarro, excandidato a la Alcaldía de Managua en las elecciones municipales de 2004, en una sentencia emitida 22 años después de los hechos denunciados.
En el fallo del caso Fiallos Navarro vs. Nicaragua, notificado este 12 de mayo, pero dictado el 30 de enero de 2026, la Corte concluyó que el proceso penal impulsado contra el exfuncionario durante la campaña electoral estuvo plagado de irregularidades y derivó en una detención ilegal que afectó directamente sus derechos políticos.

Alejandro Fiallos formó parte del gobierno del expresidente Enrique Bolaños y fue candidato a la Alcaldía de Managua por el partido Alianza por la República (APRE), agrupación vinculada al oficialismo de entonces y que ahora fue capturado por la dictadura de Daniel Ortega a través de personajes zancudos al servicio del FSLN para aparentar pluralidad en cada farsa electoral.
Justicia tardía
Este caso es el vivo ejemplo de la lentitud de la justicia, pues Fiallos Navarro tuvo que esperar 22 años para que el máximo tribunal interamericano le reinvidicara sus derechos políticos.
La propia sentencia subraya que el caso tardó casi dos décadas en llegar a la Corte Interamericana. «Este Tribunal nota que entre la presentación de la petición inicial ante la Comisión y el sometimiento del caso ante la Corte transcurrieron 19 años», señala el fallo.
Corte concluye que hubo uso arbitrario del sistema penal
La Comisión Interamericana señala que Fiallos fue sometido a un proceso penal por supuestos delitos de abuso de autoridad y amenazas, iniciado después de una denuncia relacionada con conflictos laborales dentro del Instituto Nicaragüense de Fomento Municipal (INIFOM), institución que él dirigía en ese momento.
Sin embargo, la propia Corte destacó que el Estado nicaragüense admitió parcialmente irregularidades graves dentro del proceso. En un escrito presentado en 2005 ante la Comisión Interamericana, Nicaragua reconoció que «el ciudadano Fiallos Navarro fue sustraído de su Juez Natural» y que se «instrumentalizó el Derecho Penal».
El fallo cita textualmente que el Estado reconoció que «la autoridad judicial al arrogarse la competencia instrumentalizó el Derecho Penal, desconoció el principio de ultima ratio o principio de mínima intervención».
La Corte también destacó que Nicaragua admitió que «no se observaron las garantías constitucionales» y que durante el juicio «se negaron trámites de mero derecho».
Detención ilegal en plena campaña electoral
Uno de los puntos más graves señalados por la sentencia fue la captura de Fiallos el 17 de agosto de 2004, en plena campaña electoral por la Alcaldía de Managua.
Según el fallo, el entonces candidato fue detenido por agentes policiales dentro del juzgado, incluso antes de que la sentencia condenatoria quedara firme.
La Comisión Interamericana concluyó que la detención fue ilegal porque la legislación nicaragüense establecía que una sentencia solo podía ejecutarse una vez firme y después de agotarse las posibilidades de apelación.

Fiallos permaneció recluido durante una semana en las celdas de El Chipote, el centro de detención que años después se convertiría en símbolo de la represión política del régimen de Daniel Ortega y Rosario Murillo y donde esta dictadura ha recluido a centenares de prisioneros políticos, incluyendo a aspirantes presidenciales que se propusieron desafiar a Ortega en las urnas para los comicios que estaban previstos realizarse en noviembre de 2021.
La sentencia a favor de Alejandro Fiallos también documenta que el proceso judicial coincidió directamente con la campaña electoral municipal y fue ampliamente cubierto por medios nacionales de la época. Incluso, la Corte recogió publicaciones de prensa que daban cuenta de la presión política y judicial alrededor del candidato de APRE.
Aunque finalmente Fiallos pudo participar en las elecciones municipales del 7 de noviembre de 2004, perdió los comicios.
Corte cuestiona desacato de Nicaragua al Sistema Interamericano
La sentencia dedica además varios párrafos a cuestionar la actitud del Estado nicaragüense ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos.
La Corte señaló que Nicaragua, ahora bajo la dictadura sandinista, ni siquiera compareció durante el proceso judicial internacional, no nombró representantes y tampoco presentó alegatos de defensa.
El tribunal afirmó que la conducta del Estado «denota no solo un incumplimiento de sus cargas y deberes procesales, sino también un desconocimiento de las actuaciones y competencias de los órganos del Sistema Interamericano».
En otro de los párrafos más duros del fallo, la Corte sostuvo que la ausencia deliberada de Nicaragua en estos procesos internacionales «constituye una vulneración del derecho a la verdad y a los derechos humanos».
La resolución también recuerda que el Estado nicaragüense ha acumulado múltiples desacatos ante decisiones de la Corte Interamericana y que incluso la Presidencia del tribunal ha informado a la Organización de Estados Americanos (OEA) sobre el incumplimiento sistemático de las resoluciones dictadas contra Nicaragua.
Cabe recordar que en noviembre del 2021, Nicaragua denunció la carta de la OEA, es decir, notificó oficialmente su retiro del organismo continental y aunque la salida tenía que producirse hasta dos años más tarde, en noviembre de 2023 por disposición del mismo documento constitutivo, el régimen de Managua ya no asistió más a ninguna reunión durante esos dos años.
La dictadura Ortega – Murillo ha pretendido extender la no pertenencia a la OEA a tampoco tener responsabilidad de acatar las resoluciones y sentencias de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) o de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH) pero juristas y expertos del derecho interamericano coinciden en que Nicaragua únicamente denunció la Carta de la OEA, pero no se retiró de la Convención Americana de Derechos Humanos, conocida como Pacto de San José, por tanto, lo que dicten estos organismos todavía es vinculante al país y el régimen está obligado a acatar.
El pacto y los primeros dientes de la arbitrariedad
Aunque los hechos ocurrieron en 2004, durante el gobierno de Enrique Bolaños, la sentencia deja expuesto cómo el sistema judicial y electoral ya comenzaba a ser utilizado para afectar a adversarios políticos mediante procesos penales cuestionados y decisiones judiciales arbitrarias.
En esos tiempos, la justicia ya estaba capturada por los intereses partidarios y sectarios del llamado pacto libero-sandinista que encabezaban, por un lado, el expresidente Arnoldo Alemán, del Partido Liberal Constitucionalista (PLC) y, por el otro, Daniel Ortega, del Frente Sandinista de Liberación Nacional (FSLN).
Ambos caudillos se repartieron el aparato judicial y jueces y magistrados bajo sus órdenes se encargaban de arrear la cabelleriza contra cualquier político que representara un peligro para las pretensiones del pacto bipartidista.

Comentarios