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Ortega entierra al CNU y al CNEA y convierte a Bismarck Santana en el «pulpo» universitario mediante una Secretaría Técnica supeditada al Ejecutivo

La dictadura de Daniel Ortega y Rosario Murillo ejecutó este jueves, 5 de junio, otra reforma del sistema de educación superior en Nicaragua para eliminar completamente de la ley al Consejo Nacional de Universidades (CNU) y al Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación (CNEA), dos órganos que están sustituyendo por un nuevo ente llamado Secretaría … Continuar leyendo
Por Artículo 66 junio 5, 2025
Ortega entierra al CNU y al CNEA y convierte a Bismarck Santana en el «pulpo» universitario mediante una Secretaría Técnica supeditada al Ejecutivo
Ortega entierra al CNU y al CNEA y convierte a Bismarck Santana en el «pulpo» universitario mediante una Secretaría Técnica supeditada al Ejecutivo

La dictadura de Daniel Ortega y Rosario Murillo ejecutó este jueves, 5 de junio, otra reforma del sistema de educación superior en Nicaragua para eliminar completamente de la ley al Consejo Nacional de Universidades (CNU) y al Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación (CNEA), dos órganos que están sustituyendo por un nuevo ente llamado Secretaría Técnica para Atención a las Universidades, una estructura bajo el control directo de la Presidencia de la República.

Con esta reforma, que fue aprobada por la aplanadora sandinista en la Asamblea Nacional, sin discusiones y con trámite de urgencia, desaparece la figura del CNU de todas las leyes educativas del país, incluyendo la Ley 89 de Autonomía de las Instituciones de Educación Superior, la Ley General de Educación (Ley 582), la Ley de Reconocimiento de Títulos Académicos (Ley 1088) y otras normativas conexas. En su lugar, el régimen impone una Secretaría Técnica cuya máxima autoridad, el secretario o secretaria técnica, será nombrado directamente por la Presidencia y responderá únicamente al Ejecutivo.

Bismarck Santana, el «pulpo» de la educación superior

El régimen ya colocó a su ficha política en el cargo: Bismarck Santana, exfuncionario de la UNAN y operador del FSLN en el sector educativo, fue designado por Rosario Murillo como secretario técnico para la Atención a las Universidades.

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Con este nombramiento y las reformas aprobadas, Santana se convierte en el nuevo «pulpo» de la educación superior, concentrando en una sola figura poderes que antes estaban distribuidos entre instancias colegiadas y autónomas como el CNU y el CNEA. Sin embargo, pese a su poder concentrado, estará supeditado al Ejecutivo, actuando como ejecutor directo de las órdenes de Ortega y Murillo.

La primera vez que Murillo habló públicamente sobre la designación de Santana como nuevo «zar» de la educación superior fue el 15 de mayo, cuando la portavoz gubernamental lo designó como «secretario técnico» de lo que en ese entonces anunció como la «Secretaría Técnica Especializada». En esa misma alocución meridiana, la primera dama anunció la creación del llamado Consejo Nacional de Rectores y dejó claro que el siguiente paso era el desmantelamiento total del CNU.

La Secretaría Técnica, un órgano bajo control presidencial

Según el nuevo artículo 58 de la Ley 89 reformada, la Secretaría Técnica estará «bajo la rectoría sectorial de la Presidencia de la República» y asumirá funciones que antes estaban en manos de órganos colegiados.

En primer lugar, deberá remitir a la Presidencia la Política Nacional de Educación Superior para su aprobación. También tendrá la responsabilidad de formular y coordinar programas y proyectos estratégicos para el desarrollo de la educación superior.

Además, le corresponde promover en las universidades la implementación de la Política de Equidad, Igualdad de Género y de Prevención y Erradicación de la Violencia, así como establecer las políticas para la gestión y ejecución de proyectos y convenios nacionales e internacionales, en correspondencia con los lineamientos oficiales.

De igual forma, la Secretaría podrá autorizar y aprobar la creación de nuevas universidades, así como la apertura y cancelación de sedes nacionales e internacionales. También tendrá la facultad de definir los requisitos para tales autorizaciones y cancelaciones.

Por otra parte, asumirá el poder de nombrar y destituir a las autoridades de las universidades estatales, comunitarias e interculturales en todos sus niveles. Igualmente, aprobará la apertura de carreras o programas académicos de pregrado, grado y posgrado, en función de los lineamientos que ella misma establezca.

Asimismo, tendrá entre sus competencias evaluar y acreditar la calidad de la educación superior, administrar el Registro Nacional de Títulos y Grados Académicos, y dictaminar y resolver sobre la intervención de universidades.

Finalmente, también podrá aprobar los aranceles —los cuales deberán ser uniformes para todas las universidades estatales—, emitir normativas obligatorias en el ámbito de la educación superior y ejercer cualquier otra función que le delegue la Presidencia de la República.

Además, según el artículo 60 reformado, la Secretaría Técnica también podrá intervenir universidades por «incumplimiento de la ley» o de sus propias normativas, sin necesidad de coordinar con ninguna otra entidad. Este poder elimina los contrapesos previos, como la participación del CNEA o la deliberación colegiada del CNU, y entrega todo el control al Ejecutivo. Es decir, esto es, sin dudas, el entierro definitivo de la Autonomía Universitaria.

Parches a varias leyes y apropiación de bienes del CNU

La reforma no se limita a la Ley 89. También modifica la Ley General de Educación (Ley 582), donde ahora se establece que la Junta Directiva y la Asamblea del Consejo Nacional de Educación serán encabezadas por la Presidencia de la República o un delegado del Ejecutivo, legalizando la intervención directa de Ortega y Murillo en todos los niveles del sistema educativo.

Asimismo, la reforma ordena la transferencia de todos los bienes, equipos, sistemas informáticos, mobiliario y recursos financieros que pertenecían al CNU y al CNEA, en favor de la Secretaría Técnica. Es decir, se apropian legalmente del patrimonio de las instituciones que antes eran autónomas, dejando a la nueva Secretaría con control absoluto.

Derogaciones y barrida del marco jurídico

Finalmente, la reforma ordena que en todas las leyes donde aparezca el nombre del CNU deberá leerse Secretaría Técnica para la Atención a las Universidades. Esto incluye modificaciones a la Ley 1088, la Ley 1115 de Organismos sin Fines de Lucro y la Ley de Autonomía Universitaria.

Con esta reforma, Ortega y Murillo terminan de desmantelar el modelo universitario autónomo en Nicaragua. La creación de una Secretaría Técnica centralizada, bajo control directo de la Presidencia, convierte el sistema de educación superior en una estructura dependiente, vertical y politizada, sin espacios para la crítica, la deliberación o la autonomía institucional y todas las universidades del país estarán supeditadas a Bismark Santana.

Santana operará como todo un burócrata mandadero de Ortega y Murillo y con ese poder designado decidirá quién dirige, qué se enseña, cuánto se cobra, y cuándo se interviene una universidad.

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