La dictadura de Daniel Ortega y Rosario Murillo, a través del Poder Judicial, está imponiendo una nueva medida contra las personas presas políticas. La Fiscalía orteguista ha solicitado para algunos reos de conciencia la inhabilitación «perpetua para ejercer cargos de función pública en nombre o al servicio del Estado de Nicaragua, así como ejercer cargos de elección popular».
En un documento en poder del equipo de Artículo 66, la justicia nicaragüense notificó a la familia de un preso político, que por temor a represalias omite su nombre, que se resolvió anexar a su condena la pena accesoria de la «pérdida perpetua de sus derechos ciudadanos».
«El Ministerio Público solicita que al condenado se le impongan las penas accesorias de inhabilitación perpetua para ejercer la función pública en nombre o al servicio del Estado de Nicaragua, así como ejercer cargos de elección popular de conformidad a la referida Ley 1055, es considerado el condenado como traidor a la patria y en base a los artículos 38, 55, 56, 409, 410 y 412 del Código Penal», indica el documento.
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Asimismo, detalla que el juez cuarto de Distrito Penal de Ejecución de Sentencia y Vigilancia Penitenciaria de Managua admitió «la pena accesoria» y sentencia al preso político, que es considerado traidor de la patria, a la «pérdida perpetua de sus derechos ciudadanos».
De acuerdo con el defensor de derechos humanos Pablo Cuevas, la nueva «aberración jurídica» que está imponiendo el régimen no está contemplado en la legislación nicaragüense, por lo tanto es «inconstitucional y carece de lógica» esta nueva medida.
Cuevas explicó al equipo de Artículo 66, que en materia de procedimiento, las sentencias solo pueden ser reformadas mediante un recurso de apelación, lo cual no ha ocurrido en este caso.
Además, señaló que con esta medida el juez se está «extralimitando», porque el preso político «no ha ejercido ninguna función pública y no ha cometido ningún delito en el ejercicio de la función pública, y carece de lógica lo que está haciendo el judicial, se está extralimitando, está abusando de su poder».
«Tendría un poco de razón si hubiera sido condenado por actos de corrupción en el ejercicio de la función pública, pero no es el caso», agregó.
El defensor Pablo Cuevas también denunció que esta «pena accesoria» viola los derechos humanos de los presos políticos, como el derecho al trabajo.
Caso de los religiosos
Ayer, seis de febrero, la justicia de Ortega además de condenar a cinco años de prisión por el delito de conspiración para cometer menoscabo a la integridad nacional y cinco por propagación de noticias falsas a los siete religiosos de la Diócesis de Matagalpa, también los inhabilitó de por vida para que ejerzan cargos públicos y de elección popular.
Un defensor de derechos humanos reveló a Artículo 66 que no solo a estos casos se les ha aplicado la «inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos», sino que a todos los procesados, como el caso anteriormente expuesto.
«A presos políticos con sentencia firme se les está queriendo aplicar lo mismo, incluso a los que no son del mismo tipo penal», detalló la fuente; además indicó que esta acción del régimen de Ortega es arbitraria, «porque pueden privarlos de sus derechos mientras estén presos, pero no más allá de eso».