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Solicitantes de refugio en Costa Rica no podrán salir bajo ningún motivo de ese país

Las autoridades costarricenses adelantaron que en caso que los solicitantes salgan se asumirá como un abandonó al proceso; tampoco se otorgarán permisos laborales

Artículo 66porArtículo 66
noviembre 30, 2022
en Destacadas, Nacionales
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La administración de Rodrigo Chaves firmó este miércoles, 30 de noviembre, dos decretos que establecen nuevas disposiciones y restricciones migratorias para los solicitantes de refugio, con el objetivo de disminuir el ingreso de migrantes económicos, quienes en su mayoría proceden de Nicaragua.

Clientelismo político y corrupción» con cooperación externa en Nicaragua
byArtículo 66

El régimen de Daniel Ortega continúa endeudando al país para mantener su proselitismo político, revela informe. Conversamos con Olga Valle, directora de Urnas Abiertas. Además, el terremoto que golpeó a Turquía y Siria figura entre los diez más mortíferos del siglo 21 y obispos de Europa exigen la libertad de monseñor Rolando Álvarez. Más en AHORA, el pódcast de Artículo 66.

Clientelismo político y corrupción» con cooperación externa en Nicaragua
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Las normativas, que aún no se oficializan ya que no han sido publicadas en La Gaceta de ese país, señalan que el propósito es limitar el movimiento de los ciudadanos y reducir el otorgamiento de permisos de trabajo.

El primer decreto se trata de una modificación al reglamento de refugio sobre el otorgamiento de permisos laborales, en el cual establecen que no se otorgarán a las personas solicitantes de forma inmediata, «sino que deberán cumplir con el procedimiento interno que establezca la institución y que se comunicará oportunamente».

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Explican que el segundo concierne a la Categoría Especial Temporal para Personas Nacionales de Cuba, Nicaragua y Venezuela, ambos como parte de las disposiciones migratorias mencionadas el pasado 16 de noviembre, cuando anunciaron que se estarían «tomando medidas» para evitar que los migrantes económicos sigan usando el régimen de refugiados políticos para llegar a trabajar e instalarse en la nación centroamericana.

También establece que a quienes ya se les fueron otorgados los permisos se les renovará solamente si la persona cuenta con la inscripción a la Caja Costarricense del Seguro Social (C.C.S.S)

Costa Rica establece restricciones migratorias a ciudadanos de Nicaragua, Cuba y Venezuela. Foto: Internet

Además, señalan que toda nueva solicitud de protección internacional deberá ser presentada dentro de un mes natural a partir del día de su ingreso al país sin necesidad de solicitar cita, deberá presentarse personalmente. «Para ello, la persona debe venir de su país de origen directamente, en caso de no ser así, deberá justificar las razones por las cuales no solicitó dicha protección en el país en el que se encontraba».

Ante esto, las personas solicitantes de refugio «ya no podrán salir de Costa Rica por ningún motivo, mientras su solicitud se encuentra en trámite. De hacerlo, se entenderá como un abandono del proceso y se archivarán en forma definitiva».

El documento establece en el segundo punto que la petición de Categoría Especial Temporal «ha sufrido un uso abusivo de la figura que afecta negativamente a las personas solicitantes de refugio “hay quienes verdaderamente son meritorias de la protección internacional y que deben esperar por meses e incluso años para contar con una resolución sobre su estatus de persona refugiada».

Hasta este momento y según la información oficial, la Dirección General de Migración y Extranjería, ha recibido 222.056 solicitudes de refugio desde el 2018, de ellas 172.689 se encuentran aún pendientes de resolver; igualmente, la institución ha detectado que entre un 80 % a un 90% de las personas que solicitan refugio no califican dentro de la definición de esta protección internacional, incluyendo migrantes económicos o que llevan años viviendo en el país y nunca se han regularizado.

Tags: Costa RicaDirección General de Migración y Extranjeríamigrantes nicaragüenses
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