La Unidad de Defensa Jurídica denunció que pese al «grave deterioro» de la salud de los presos políticos encerrados en los diferentes centro de reclusión en Nicaragua, las autoridades judiciales continúan negándole atención médica especializada a los rehenes de la dictadura.
En un comunicado, este martes 17 de mayo, el organismo manifestó que le preocupa la negativa del régimen de Ortega de no autorizar las valoraciones médicas correspondientes. Temen que la salud de los reos de conciencia se agrave.
«A esta preocupación se le suma (…) la denegación de información relacionada al estado de salud de las personas presas políticas bajo su custodia, tanto a familiares como a sus abogados y abogados defensores», añadió la entidad.
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La Unidad de Defensa Jurídica indicó que han solicitado, en reiteradas ocasiones a las instancias judiciales correspondientes, valoraciones médicas para los reos de conciencia y a la fecha no se ha obtenido ninguna respuesta positiva, «esto debido a que las autoridades del sistema penitenciario, en ocasiones no reciben los oficios judiciales y en otros casos, pese a recibirlos, no los acatan».
Subrayó que «ante esta situación, las defensas ponen en conocimiento el reiterado y sistemático incumplimiento a las autoridades judiciales, sin embargo, estas responden “que hagamos uso de la vía que corresponde como es la Ley 473 Ley de Sistema Penitenciario Nacional y su reglamento”, a lo cual las autoridades de los SPN responden, “que ellos solo reciben ordenes judiciales y no de escritos de las defensas”. Por tanto, todas las diligencias se vuelven infructuosas».
También, señaló que el SPN se ha convertido en otro órgano de represión, en donde se violan los derechos fundamentales de los presos políticos, lo que causa un impacto físico y psicológico para los reos.
El organismo defensor instó «a las instituciones del Sistema de Justicia Penal a respetar lo establecido en nuestra Constitución Política vigente, así como al cumplimiento de las normativas internacionales que Nicaragua ha firmado y ratificado, en las que se reconocen derechos fundamentales a la dignidad humana, la vida digna y la integridad personal de los privados de libertad, cuya protección le corresponde al Estado, quien es garante y tiene la obligación de devolver a las personas en el estado físico en que las recibió, sin perjuicio del deterioro natural del transcurso del tiempo».
Asimismo, hizo un llamado a las autoridades del SPN a «cumplir con lo establecido en el artículo 95 de la Ley 473, “Ley del Régimen Penitenciario y Ejecución de la Pena”, sobre los Derechos de los privados de libertad y el artículo 7 el cual establece que el Sistema Penitenciario Nacional se fundamenta en el reconocimiento de la dignidad de la persona y el respeto a los derechos humanos. En ningún caso los internos serán sometidos a torturas, penas, ni tratos crueles, inhumanos o degradantes».