El partido Ciudadanos por la Libertad (CxL) recurrió de amparo contra los magistrados sandinistas del Consejo Supremo Electoral (CSE) por la cancelación de su personalidad jurídica. El escrito expone ampliamente que la resolución emitida el Tribunal Electoral viola derechos y garantías constitucionales y que por tal razón debe ser dejada sin efecto por sentencia de la Sala de Corte Suprema de Justicia (CSE).
CxL asegura que el CSE al recibir la solicitud del Partido Liberal Constitucionalista (PLC) tenía que llamar a CxL para que contestara esta denuncia electoral en el término de 10 días, pero actuó de manera expresa y resolvió la cancelación del partido en menos de cuatro horas.
El seis de agosto, María Haydée Osuna, presidenta y representante legal del PLC, señaló que CxL «de forma constante y públicas realiza acciones contrarias a las obligaciones de los partidos políticos dispuestas en el artículo 59, numeral 6 de la Ley Electoral».
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«El Consejo Supremo Electoral no mandó a oír en el término de seis días al partido Ciudadanos por la Libertad para que contestara lo que tuviera a bien y NO mandó a abrir a pruebas por diez días antes de resolver sobre la cancelación, sino que por el contrario procedió a cancelar la personalidad jurídica mediante una resolución emitida tres horas después de recibida la denuncia», explica CxL en su sitio web.
El partido CxL era el único grupo opositor que mantenía la personalidad jurídica y se había inscrito ante el CSE para participar en las elecciones del siete de noviembre de 2021, pero el régimen mandó al PLC para que actuara como peón y descabezara a sus antiguos correligionarios. Esta acción eliminó la posibilidad de aglutinar el voto de la oposición y descontento del pueblo de Nicaragua bajo una sola casilla, después que los procesos de unidad fallaron en todos los intentos.
«Todas y cada una de las actuaciones del Poder Electoral respecto de la cancelación de la personalidad jurídica del Partido Ciudadanos por la Libertad son actuaciones arbitrarias, realizadas en contravención a la Ley Electoral y en violación de las garantías mínimas establecidas en el debido proceso establecidas en el artículo 34 de la Constitución Política», explica.
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El escrito de interposición detalla que los magistrados del Consejo Supremo Electoral violaron los artículos 34 numerales 1, 4, 8 y parte in fine, 55, 130 párrafo primero, 182 y 183 de la Constitución Política de la República de Nicaragua.
«Ciudadanos por la Libertad solicita en su recurso que el Tribunal de Apelaciones mande a suspender la resolución del Consejo Supremo Electoral y remita el recurso a la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia para que restituya los derechos constitucionales violentados, dejando sin efecto la resolución de los magistrados electorales», agrega.
Al igual que a CxL, el orteguista CSE canceló la personalidad jurídica al Partido Conservador (PC) y al Partido Restauración Democrática (PRD), este último era la casilla bajo la que correrían los opositores aglutinados en la Coalición Nacional, el principal grupo opositor que reunía a la Unidad Nacional, Movimiento Campesino, un partido regional, excarcelados y al PRD de Saturnino Serrato, entre otros.