La Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras (Siboif) autorizó este lunes, 22 de junio, una normativa que permita a las entidades bancarias aliviar a sus deudores las «condiciones crediticias temporales», ante la crisis sanitaria que vive el país por la COVID-19, lo que podría significar una de las primeras medidas adoptadas por el régimen de Daniel Ortega a uno de los sectores más afectados por la pandemia.
De acuerdo con el documento emitido por la Siboif, los deudores podrán optar a este alivio en sus créditos siempre y cuando cumplan con una serie de requisitos establecidos en dicha resolución. Entre los tipos de crédito que pueden aplicar a esta normativa están: los deudores de tarjetas de crédito, créditos de vehículos, personales, hipotecarios para vivienda, microcréditos, pymes, agrícolas, ganaderos, industriales y comerciales en todos los sectores de la economía.
«Con base a la facultad establecida en el considerando anterior y con el fin de mitigar los efectos negativos que se pudieran generar dada la coyuntura sanitaria internacional, resulta procedente adoptar medidas extraordinarias que mitiguen los efectos negativos antes mencionados y que permitan la rehabilitación de las actividades generadoras de flujos de recursos y la recuperación ordenada de los préstamos otorgados por las instituciones financieras», reza el inciso dos de la resolución emitida por la Siboif.
Noticia relacionada: Bancos cerraron 49 sucursales y despidieron a 1200 empleados hasta diciembre 2018
Pero la normativa de la Siboif tiene un alcance limitado y no aplica para todos los deudores. El documento detalla que este beneficio será otorgado únicamente a aquellos créditos que al 31 de marzo de 2020 se encontraban clasificados en (clientes categoría) A y B.
Es decir, con esta resolución la Siboif autorizará a las entidades dar prórroga a los créditos vigentes hasta la fecha antes mencionada (31 e marzo), siempre y cuando se mantenga en clasificado A y B, sin afectar su récord crediticio. Si el cliente adquirió un préstamo después del 31 de marzo este beneficio no será aplicado, explica la resolución.
Medidas recomendadas por la oposición
Recientemente la Alianza Cívica por la Justicia y la Democracia (ACJD) en conjunto con la Fundación Nicaragüense para el Desarrollo Económico y Social (Funides) hicieron varias propuestas al régimen de Daniel Ortega para dar un alivio a los clientes que no han podido honrar sus compromisos por la crisis sanitaria que vive el país.
Entre las peticiones de las organizaciones a la Siboif estaban: extender el plazo de las moratorias al menos por tres meses, reducir la tasa de interés y abrir las líneas de créditos para que la banca pueda seguir entregando créditos. Las entidades bancarias no pueden tomar ninguna decisión si no es bajo el consenso de la Siboif, que es el ente regulador.
El 10 de junio, el Consejo Superior de la Empresa Privada (Cosep) también pidió una reforma a las normativas crediticias y que las instituciones bancarias puedan favorecer a los clientes, a través de una reestructuración en sus créditos y establecer una moratoria.
Sin embargo, la resolución emitida este lunes por la Siboif no establece otorgar moratorias, pero deja a criterio de las entidades aplicar o no un «período de gracia» de hasta seis meses «dentro de las ampliaciones de plazo que las instituciones financieras otorguen a sus deudores conforme lo establecido en el artículo 4 de la presente norma. Igual tratamiento podrán aplicar para el pago mínimo de la tarjeta de crédito», detalla.