Los abogados Julio Montenegro y José Antonio López, de la organización Defensores del Pueblo, presentaron ante la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) un recurso por inconstitucionalidad contra el ajuste del salario mínimo para este 2020, debido a que consideran que «es un acuerdo ministerial que viola el artículo 82, numeral uno de la Constitución Política».
El abogado José López señaló que dicho artículo enfatiza que “los trabajadores tienen derecho a condiciones de trabajo que le aseguren, en especial, un salario igual e idéntico a las condiciones del trabajo”. Por otro lado, remarcó que la Ley 625, del Salario Mínimo, determina que “los aumentos salariales se harán dos veces en el año, no una vez a como lo dejó por la vía de hecho la señora Ministra del Trabajo, Alba Luz Torres , y que desde ahí viola la Constitución y la Ley”.
Igualmente, mencionó que ellos como organización antes de que el Gobierno de Daniel Ortega decidiera realizar el ajuste salarial insistieron en que se debe tomar en cuenta tres factores: la inflación, el crecimiento y el costo de la canasta básica. En ese sentido, presentaron el aumento que han sufrido los productos asegurando que en 2014 costaban en total 12,333 córdobas y que en 2019 llegó a 14, 159 córdobas.
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La acción del Ministerio del Trabajo (Mitrab) ordenada por el régimen orteguista fue catalogada como “caprichosa“, puesto que en el 2019 decidieron congelar el salario mínimo y el costo de la canasta se elevó a 14,257 córdobas. “Es decir de 2018 a 2019, el alza de los precios superó los 720 córdobas. Ahora si vemos el salario mínimo del sector agropecuario 4,283 córdobas y con el “aumento” del 2.63% le están aumentado solo 112.73 córdobas cuando la canasta superó los 720 córdobas, es decir, que 610 córdobas lo está asumiendo el trabajador”, detalló.
En el recurso por inconstitucionalidad introducido el 2 de marzo argumentan que “los que negociaron el salario mínimo no tomaron en cuenta el 3.47% de inflación (…) lo que significa que lo que han hecho con los trabajadores es una burla”.
También, hacen referencia a la violación del Código Penal donde se menciona que los “funcionarios públicos responden por sus actuaciones (…) queremos dejar citado lo que dice el artículo 432 la autoridad o funcionario, empleado público que abuse de su cargo u oficio y cometa cualquier acto contrario a la CP será sancionado con la pena de seis meses a dos años…”.
El seis de febrero, representantes del Mitrab y diferentes representaciones aliadas al gobierno de Ortega después de haber tenido una serie de reuniones anunciaron el aumento del 2.63 % al salario mínimo que sería implementado a partir del primero de marzo. Para economistas, dicho ajuste fue calificado como una «burla» para los nicaragüenses que probablemente traerá más desempleo.
Para el economista y docente de la Universidad Centroamericana, Luis Murillo, esto es una «burla» después de que “en 2019 los nicaragüenses perdieron más del 12 % del poder adquisitivo, el 3 % en la devaluación y 6.4 % de inflación”. En tanto para los expertos de la Fundación Nicaragüense de Desarrollo Económico y Social (FUNIDES), este “aumento” es el resultado de la inflación como consecuencia de la Ley de Concertación Tributaria que incrementó los precios de la canasta básica -700 córdobas solo en 2019-.