La noche del pasado viernes, 21 de diciembre, la policía orteguita junto a paramilitares secuestró a Miguel Mora, periodista y director del canal televisivo 100% Noticias, allanando de manera ilegal el edificio donde opera la televisora. La mañana de este sábado, el Ministerio público lo presentó en el juzgado sexto de Managua, acusándolo de fomentar e incitar al odio y la violencia.
El Ministerio Público presentó una lista de testigos contra Mora, a quienes identifica como supuestas víctimas. Todos son militantes orteguistas, algunos familiares de personas que fueron asesinadas durante las protestas y la represión desatada por la dictadura después del 18 de abril.
Entre los testigos, la Fiscalía identifica a “(Sin nombre) Méndez Campos (0411709880001G), en representación de su padre Guillermo Lucio Méndez Ortiz (Q.E.P.D). Francis Bianey Catillo Rosales (00411804860001M), es víctima en calidad de hijo de Roberto José Castillo Cruz. Ferson Santiago Torrez Hernández (0811510890006E) en calidad de esposa de Gabriel de Jesús Vado Ruiz. Karla Teresa Gutiérrez Estrada (0450106920001A), en calidad de hija de Marco Antonio Gutiérrez Acevedo”.
El sistema electrónico del Poder Judicial presenta a Wilmer Enrique Solís (0411402590000D) como víctima, sin embargo, establece que acusa en calidad de madre (debería ser padre) de José Antonio Cruz Solís.
Igualmente, se muestra a Elba Rosa Ruiz Jiménez (0471705670000X), madre de Kevin José Cruz Ruiz. De algunos representados no se detalla si fueron asesinados o lesionados, ni tampoco se especifica cuál sería la acción del periodista Miguel Mora en contra de ellos.
En la poca información que se muestra en el sistema judicial, se muestran los siguientes nombres sin especificar de qué son víctimas: Amparo Audelí Cruz García (444241260000B), Jeannette del Carmen Cortez Cruz (0012612890057F), Marbelly Mercado Calderón (0412502890000W) y Mario Noel Navarro (0011810571000V).
Igualmente se detalla el nombre de Anielka María Aráuz Pineda (4412302730015C), quien, al parecer comparece “en calidad de víctima de Francisco Ramón Arauz Pineda”, lo que tampoco queda claro quién si Anielka Aráuz es “víctima” del director de 100% Noticias o por qué la describieron de esa forma confusa.
Otro dato confuso es que se presenta a Raúl Antonio Miranda Flores (00302090001E), un nombre de varón como “madre” de Carlos Alberto Miranda y Mirian Lorenza, sin especificar si estos dos últimos nombres son personas muertas o heridas.
Testigos falsos cometen delito
El Código Penal de Nicaragua establece claramente el delito de falso testimonio y castiga a quien lo cometa, con penas que van desde los seis meses hasta los ocho años de prisión, en dependencia de si al actuar como testigo falso se llegara a encarcelar a un inocente.
El artículo 472, señala que “quien, con conocimiento de su falsedad, denuncie ante autoridad competente o acuse a alguna persona, por hechos que de no ser ciertos constituirían un delito, será sancionado con pena de: a) Prisión de seis meses a dos años y de trescientos a seiscientos días multa, si se imputa un delito grave; b) Prisión de seis meses a un año y de noventa a trescientos días multa si se imputa un delito menos grave. La pena será de tres a ocho años de prisión, si resultare la condena de la persona inocente”.
También, el artículo 475: Falso testimonio, establece que “quien, al rendir testimonio o declaración en causa judicial o administrativa, oculte o deforme hechos verdaderos o simule o afirme hechos falsos, total o parcialmente, será penado con prisión de tres a cinco años. Si el falso testimonio se da en contra del acusado o querellado en causa penal, la pena de prisión será de cinco a siete años. Si a consecuencia del falso testimonio hubiera recaído sentencia condenatoria, se impondrá la pena de seis a ocho años de prisión. Las penas precedentes se aumentarán en un tercio en sus límites mínimos y máximos, cuando la falsedad sea cometida mediante soborno (…)”.

El abogado penalista y exprocurador general de la República, Alberto Novoa, explicó en entrevista a Artículo 66 que los delitos por los que se acusa al director de 100% Noticias no se sostienen legalmente.
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“Dado que el órgano que tiene que actuar de acuerdo con la relatoría del caso es la Fiscalía General de la República, tendría que hacer un análisis porque las personas pueden denunciar, pero la Fiscalía tiene el deber de objetividad, tiene el principio de objetividad y es señalar específicamente qué tipo de delito, cuál es, no pueden acusar por delito de odio, dijo Novoa.
Simplemente lo quieren apresar para que no opinen en contra de los intereses del gobierno, estan violando por completo toda la constitucion. De veras que cada dia se violan la constitucion politica, estamos en manos de Dios primero y la comunidad internacional para ahogar a estos funcionarios y desarticular esta coalicion de gobernantes despotas.