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El mandato de Daniel Ortega de exonerar productos de Navidad y la Purísima no es nada nuevo, eso afirmó el economista Néstor Avendaño quien aseguró que el anuncio del gobierno solo se está haciendo para “dar la imagen de que se está apoyando a la población porque eso ya lo establece la ley”.
En el Reglamento de Régimen Aduanero Especial de Equipaje en su artículo 9 se establece el no pago de tributos de los bienes que ingresen al país y sean considerados equipaje. En el inciso Z se determina la exoneración a “bienes para uso o consumo viajero y obsequios que por su cantidad, naturaleza o variedad se presuma que no están destinados al comercio, por un valor en conjunto de US$500,00 (quinientos dólares de los Estados Unidos de América) …”.
Avendaño sugirió que la información sobre exoneraciones la brinden el Ministerio de Hacienda o la Dirección General de Aduana para “dar capacidad de comunicación a los dirigentes de las entidades públicas porque aquí no conocemos las palabras de ningún ministro (…) porque la señora vicepresidenta continúa siendo la vocera”.
Eddy Medrano, Director General de Aduana, una semana después del anuncio que difundió Murillo, dijo a medios oficialistas que la disposición “solo aplica a nicaragüenses que ingresen al país con mercancías con un monto no mayor a 500 dólares”, confirmando las aseveraciones del economista Néstor Avendaño de que esos montos ya están exonerados y establecidos en la ley.
Exoneración de impuestos subjetiva
Por su parte, el economista Alejandro Aráuz detalló que “se debe de realizar una lista en la que se exponga cuáles son esos productos de Navidad y de La Purísima que serán exonerados”, ya que la disposición que dio a conocer la portavoz de la Presidencia de la República no explica si habrá alguna modificación a lo que establece la ley o si incluirán algún producto adicional que puede entrar al país libre de impuestos.
Sin embargo, Henry Thompson, asesor en temas de comercio y aduana del Consejo Superior de la Empresa Privada (COSEP), afirmó que la disposición del gobierno “está bien planteada” y que no es necesaria una lista, ya que esto lo hacen otros países con más frecuencia que Nicaragua e indicó que “los artículos de Navidad no abarcan más que el árbol de navidad y sus decoraciones. Los regalos son todo lo que yo le pueda traer a mi familia”.
La interpretación de Thompson fue asumida por las cámaras del Cosep, pero en el documento leído por Murillo no queda claro ese límite ni se plantean restricciones para importadores del comercio informal, que luego puedan usar la misma ordenanza para introducir artículos navideños en grandes lotes, amparados en la misma disposición.
No afecta recaudación
El doctor Alejandro Araúz adujo que este tipo de disposiciones en las que se exonera ciertos productos por una temporada, en este caso un mes, “no trae afectaciones a la recaudación de impuesto porque no son montos significativos”, además, que ya como explicó su colega Avendaño, este tipo de “beneficios” ya están en la ley.
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