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Aprueban reforma al Código Procesal Penal para mantener tras las rejas sin pruebas a cualquier persona por 90 días

Con 70 votos a favor, 16 en contra y cuatro abstenciones, la Asamblea Nacional aprobó este martes, dos de febrero, la reforma a la Ley de reforma y adición a la Ley 406, Código Procesal Penal (CPP), para ampliar el plazo de detención «preventiva» de 48 horas a 90 días.El diputado liberal Maximino Rodríguez sostuvo … Continuar leyendo
Por febrero 2, 2021
Aprueban reforma al Código Procesal Penal para mantener detenido por 90 días sin pruebas
Aprueban reforma al Código Procesal Penal para mantener detenido por 90 días sin pruebas

Con 70 votos a favor, 16 en contra y cuatro abstenciones, la Asamblea Nacional aprobó este martes, dos de febrero, la reforma a la Ley de reforma y adición a la Ley 406, Código Procesal Penal (CPP), para ampliar el plazo de detención «preventiva» de 48 horas a 90 días.

El diputado liberal Maximino Rodríguez sostuvo que la reforma sandinista tiene una dicotomía con el artículo 268 del CPP que establece el «sustento de la acusación» en el que la Fiscalía o el acusador particular deberán presentar ante el Juez elementos de pruebas que establezcan indicios razonables suficientes para poder llevar a juicio al acusado. «No es que se le ocurrió a un hijo de mamá capturar a alguien y no tiene los elementos racionales para hacerlo».

«En este caso, el imputado o imputada, puede estar siendo investigado sin estar preso que es lo que ustedes quieren, tener a un ciudadano castigado por 90 días como máximo y 15 como mínimo y después decirle: Ve, vos, no eras infractor, no cometiste delito, pero te castigamos porque nosotros así lo quisimos. Por tanto, me parece una aberración y un retroceso enorme», manifestó.

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Explicó que «los jueces quedaron inhibidos de investigar, quien investiga es el Ministerio Público y la Policía Nacional, consecuentemente, antes de aprehender un ciudadano debe de tener una investigación a priori. Esa reforma es simplemente que quieren castigar a ciudadanos que no han infringido la ley».

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Por su parte, el diputado sandinista Carlos Emilio López justificó que «lo que nosotros estamos dejando como plazo máximo de 90 días, en otros países, ese es el plazo mínimo que tienen de tres a seis meses prorrogables. En nuestro caso, eso que en otros países es el piso, nosotros lo estamos dejando como el techo. Eso nos coloca como el país con el modelo penal de justicia más garantista, más proteccionista y con el plazo de investigación razonable mínimo en la región».

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La reforma fue presentada el miércoles, 27 de enero, y establece cambios en los artículos 253 y 256. El 253 señala que cuando la persona detenida por la Policía sea presentada ante el juez dentro de las 48 horas después de su detención, se celebrará esa audiencia de tutela de garantías constitucionales donde el Ministerio Público solicitará la ampliación del plazo para investigar y se pedirá la «detención judicial» que podrá extenderse hasta por 90 días según el juez considere necesario. La iniciativa puntualiza que el plazo para esta investigación complementaria (detención judicial) no podrá ser menos a 15 ni mayor a 90 días.

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