Régimen busca «amarrar» inversiones en Zonas Francas con exoneraciones fiscales permanentes

El régimen de Daniel Ortega y Rosario Murillo envió con «carácter de urgencia» a la Asamblea Nacional una iniciativa de reforma a la Ley No. 917, Ley de Zonas Francas de Exportación, que entrega una amplia concesión de beneficios fiscales indefinidos y prórrogas ilimitadas para intentar mantener y atraer nuevas inversiones.
La propuesta, firmada por la pareja de dictadores el 27 de marzo de 2026, pretende modificar las bases que rigen este sector económico para ofrecer lo que podría considerarse un «anzuelo» a nuevos inversionistas.
A diferencia de otros proyectos estratégicos recientes, esta reforma no parece diseñada para las empresas provenientes de China, que ya gozan de sus propias zonas de exclusión y acuerdos preferenciales bajo el Tratado de Libre Comercio, sino que apunta a retener a inversionistas tradicionales y atraer capitales que han evitado el país por la inseguridad jurídica.
Zonas Francas libres de impuestos
La reforma plantea un cambio en el artículo 16 de la ley vigente. Hasta ahora, las empresas operadoras de zonas francas gozaban de una exención del 100% del Impuesto Sobre la Renta (IR) por 15 años, con derecho a una única prórroga por un período igual.
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La nueva iniciativa elimina este techo y establece que las exenciones podrán ser prorrogadas sucesivamente por períodos iguales.
El numeral 1 del artículo 16 se leerá: «Exención del 100% del Impuesto sobre la Renta generado por las operaciones de la Zona y del pago del Impuesto sobre los dividendos obtenidos en el Régimen de Zonas Francas, por un período de quince años a partir de iniciado su funcionamiento, el cual podrá ser prorrogado sucesivamente por períodos iguales previa autorización de la Comisión Nacional de Zonas Francas».
Esto significa que el Estado nicaragüense renuncia durante este periodo a la recaudación de impuestos de estas empresas, siempre que la Comisión Nacional de Zonas Francas, bajo control absoluto del Ejecutivo, otorgue el visto bueno.
La reforma también alcanza al Artículo 20, que define los beneficios para las empresas usuarias (fábricas y servicios). Estas compañías dejarán de pagar el 100% del Impuesto sobre la Renta (IR) y del impuesto sobre dividendos durante sus primeros 10 años. A partir del año 11, la exoneración será del 60%.
De aprobarse la ley, este periodo de 10 años de exención total también podrá renovarse de forma ilimitada, permitiendo que las empresas operen bajo el régimen de tasa cero de manera indefinida.
La reforma especifica que la exención también abarca los pagos realizados a extranjeros no residentes por servicios clave para la operación de estas empresas, según el texto de la iniciativa.
«Incluye los pagos a extranjeros no residentes por concepto de intereses sobre préstamos, por comisiones, honorarios y remesas por servicios legales en el exterior o en Nicaragua y los de promoción, mercadeo, asesoría y afines; pagos por los cuales esas empresas no tendrán que hacer ninguna retención».
Además, se añade el artículo 20 bis, que otorga «carácter indefinido» a beneficios aduaneros y municipales.
Desesperación por pérdida masiva de puestos de trabajo
La reforma llega en un momento crítico para el régimen, urgido por estabilizar el empleo formal y asegurar el ingreso de divisas. El economista Enrique Sáenz denunció recientemente que el sector de zonas francas atraviesa uno de sus peores momentos.
Según el experto, de las 194 empresas que operaban en el país durante su periodo de mayor auge, actualmente solo quedan 167. Esta fuga de 27 compañías hacia otros países de la región evidencia que los incentivos actuales han dejado de ser atractivos frente a la inestabilidad que proyecta el país.
El impacto más severo de este éxodo empresarial se refleja en las estadísticas laborales, calificadas por Sáenz como una verdadera tragedia social. «En menos de cuatro años, el número de trabajadores en las zonas francas se desplomó de 140,866 a tan solo 100,566», señaló.
Esta reducción deja a más de 40 mil nicaragüenses sin sustento, quedando en el desempleo debido al cierre o traslado de las operaciones industriales.

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