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CIDH emite medidas cautelares a favor Álvaro Baltodano, exasesor de Ortega, y otras 10 personas

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ordenó al régimen de Daniel Ortega informar sobre el paradero, salud y situación jurídica del general en retiro Álvaro Baltodano Cantarero, exministro asesor para inversiones, detenido desde mayo junto a su hijo y otras nueve personas cuyo estado sigue sin conocerse.
Por Artículo 66 octubre 29, 2025
CIDH emite medidas cautelares a favor Álvaro Baltodano, exasesor de Ortega, preso e incomunicado desde mayo
CIDH emite medidas cautelares a favor Álvaro Baltodano, exasesor de Ortega, preso e incomunicado desde mayo

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió la Resolución 74/2025, en la que otorga medidas cautelares a favor de diez personas detenidas en Nicaragua, entre ellas el general en retiro Álvaro Antonio Baltodano Cantarero, exministro asesor de Daniel Ortega para inversiones, comercio y cooperación internacional. El organismo considera que los beneficiarios enfrentan una situación de gravedad y urgencia, con riesgo de daño irreparable a su vida, salud e integridad personal.

Baltodano fue detenido en mayo de 2025 y, desde entonces, permanece incomunicado y sin acceso a defensa de confianza. Su hijo, Álvaro Baltodano Monroy, lo arrestaron dos meses después. La dictadura nunca confirmó oficialmente su paradero ni el estado de salud de ambos, pese a que versiones extraoficiales aseguran que el exasesor fue condenado en un juicio sumario a 20 años de prisión por supuesta «traición a la patria» y que se ordenó la confiscación de todos sus bienes.

De operador económico a prisionero del régimen

Durante años, Baltodano fue una figura de confianza dentro del círculo económico del sandinismo, encargado de atraer inversiones y de presidir la Comisión Nacional de Zonas Francas. Baltodano se convirtió en una de las primeras figuras de poder del círculo de hierro de Ortega al quien el tirano encerró y declaró públicamente como enemigo.

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Tras su arresto, la dictadura anunció la cancelación de un contrato entre la Empresa Nicaragüense de Electricidad (ENEL) y la compañía Geotérmica Momotombo S.A., propiedad de la familia Baltodano. En ese contexto, el régimen amplió las acusaciones y los señaló de lavado de dinero, evasión fiscal e incumplimiento de contratos. Además, confiscó la generadora eléctrica que antes proveía energía al Estado.

La CIDH subraya en su resolución que no existe comunicación entre las personas detenidas y sus familiares, ni información oficial sobre su situación jurídica o estado de salud. Por ello, considera que la incomunicación y la falta de transparencia judicial agravan el riesgo y justifican la adopción inmediata de medidas de protección.

¿Qué ordena la CIDH a Nicaragua?

El organismo regional ordena al Estado nicaragüense determinar de inmediato la situación y paradero de los diez detenidos, informar si existen cargos formales o presentación ante autoridad judicial, y, de no ser así, aclarar los motivos de su detención sin supervisión judicial.

Además, exige garantizar el contacto regular con sus familiares y abogados, permitir la intervención de autoridades consulares cuando corresponda, y practicar valoraciones médicas integrales para asegurar el tratamiento de quienes lo necesiten. También ordena investigar los hechos que dieron origen a la resolución para evitar su repetición. El régimen debe informar en un plazo de 15 días las medidas adoptadas.

Otros beneficiarios

Junto a Baltodano Cantarero y su hijo, la resolución incluye a Octavio Enrique Caldera, Marvin Antonio Campos Chavarría, Chester Jeramil Cortez Narváez, Yerri Gustavo Estrada Ruiz, Larry Javier Martínez Romero, Antonio Mercado López, Luis Francisco Ortiz Calero y María José Rojas Arburola. Todos fueron detenidos entre mayo y agosto de 2025 y permanecen en paradero desconocido.

La CIDH sostiene que, mientras el Estado no proporcione información verificable sobre su ubicación y condiciones, la presunción de riesgo grave se mantiene, y Nicaragua está obligada a cumplir de inmediato las medidas de protección.

ARTÍCULO 66 es un medio de comunicación nicaragüense que trabaja desde el exilio debido a la persecución del Estado contra la prensa independiente. Algunas de nuestras informaciones no revelan la identidad de nuestras fuentes ni están firmadas por nuestros periodistas por razones de seguridad.

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