La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), institución considerada el brazo judicial al servicio de la dictadura Ortega-Murillo, emitió recientemente el acuerdo 135 mediante el cual orienta a los jueces de la rama penal la forma en que deberán aplicar la detención judicial que ahora pasó de 48 horas hasta 90 días sin acusación formal, lo que es visto por abogados como una amenaza contra la presunción de inocencia, principalmente de los opositores que están siendo o serán procesados.
La «Guía judicial para la audiencia de tutela de garantías constitucionales» es considerada por penalistas como un «disfraz de legalidad» a las acciones que vienen cometiendo los judiciales orteguistas contra los opositores que, mediante juicios «amañados», llenos de nulidades, pruebas y testigos falsos, son llevados a la cárcel y, en muchos casos, los han hecho pasar desde el 2018, hasta más de tres meses tras las rejas sin ser enjuiciados.
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La CSJ indica a los jueces que, aplicando la reforma a la Ley penal, realicen una «audiencia especial de tutela de garantías constitucionales» cuya finalidad debería salvaguardar los derechos y garantías del imputado y en esa audiencia se deberá resolver la solicitud de Fiscalía de «ampliar el plazo para investigar», es decir, aplicar la «detención judicial», así como garantizar la defensa del imputado.
No obstante, los abogados consultados creen que nada de esto se cumplirá atendiendo al derecho sino a criterios políticos convirtiendo el proceso en una ruta de inquisición porque se deja en indefensión al imputado, y peor aún, porque ni siquiera obliga a la Fiscalía ni al juez a informarle al procesado el porqué estaría siendo investigado.
La abogada Yonarqui Martínez, especialista en materia penal y defensora de reos políticos, valoró que la implementación de la reforma al Código Penal estableciendo la detención judicial, es una medida inquisitiva, pues en sentido general deja en indefensión a cualquier acusado, sin embargo, considera que será más cruel contra los opositores.

«El plazo de detención que permite dicha reforma al Código Procesal Penal (CPP) es exagerado, y el régimen lo amplía para legalizar los abusos e injusticias que se venían cometiendo desde abril del 2018 en contra de los opositores que fueron apresados y llevados al Sistema Penitenciario Nacional sin tener alguna causa judicial y con la famosa excusa de la investigación policial, entonces lo que están haciendo es violar los mismos principios establecidos en la Constitución en cuanto a los plazos, a la legalidad, a los derechos fundamentales del investigado», señaló Martínez.
Investigaciones en secreto
Otro aspecto a tomar en cuenta, según la abogada, es que ahora, cualquier ciudadano inocente, una vez apresado, ya no se le respetará su presunción de inocencia. «Hay un abuso de poder, abuso judicial, abuso del Ministerio Público manejado por Ana Julia Guido, una expolicía, y un abuso de la Policía orteguista, los que ahora tienen legalizada una gran discrecionalidad pues es el inciso séptimo establece que los actos de investigación que por su naturaleza requieran de reserva para preservar, garantizar y asegurar su eficacia serán solicitados por escrito y se resolverán por el juez sin oír a la parte contraria (a la defensa y acusado). La resolución se mantendrá en secreto durante la investigación, esto me sorprende, entonces como se va a defender y tampoco el abogado sabrá nada sobre lo que están investigando contra su defendido», relató Martínez.
La abogada Martínez apuntó que esta aplicación de la Ley afectará a toda la ciudadanía, independientemente de su color político y recordó que en las audiencias, en casos de reos políticos, todos los incidentes y recursos introducidos por las defensas son ignorados, rechazados y simplemente no cumplidos por las autoridades por los jueces.
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La guía de la CSJ a los jueces refiere en el quinto punto que «la detención judicial se podrá dictar para garantizar los fines de la investigación, por lo que deberá tomar en cuenta las siguientes circunstancias: el peligro de evasión, cuando por las circunstancias del hecho y la personalidad del imputado exista peligro concreto que siga delinquiendo, peligro de obstaculización de la justicia por estar vinculado a grupos de crimen organizado y por cualquiera circunstancia que indicare que el sujeto no se someterá al proceso».
Corte Suprema ordena a sus jueces orteguistas cómo aplicar los 90 días de «detención judicial». Foto: Internet.
Esos requisitos de aplicación, según la doctora Martínez, no son malos, atendiendo que deberían ser aplicados para garantizar seguridad, el asunto es que se usarán con criterios políticos tal como la experiencia hasta ahora lo ha demostrado en los casos de los reos políticos, pues prácticamente se han coludido los jueces, el Ministerio Público y la Policía para decidir a suerte de los presos de conciencia.
«Están trabajando de manera bilateral, el mismo juez y la Fiscalía van a ser juez y parte, que es exactamente lo que está pasando. Nosotros, en las salas, por más que pidamos, por más que queramos incidir el juez hace lo que quiere en la sala, lo que están haciendo es dándole legalidad a lo ilegal», indicó la jurista