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Entra en vigor reforma para que el régimen mantenga detenido a opositores hasta 90 días

El Ministerio Público podrá pedir una ampliación de la investigación, la que como mínimo mantendrá detenidos por 15 días a cualquier ciudadano

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febrero 5, 2021
en Destacadas, Nacionales, Política
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Ortega niega torturas a reos políticos y asegura que «las cárceles están abiertas para familiares y organismos sociales». En la foto asciende a Alcaide a Iván Ruiz, identificado como uno de los torturadores penitenciarios. Foto: Tomada de medios oficialistas.

Ortega niega torturas a reos políticos y asegura que «las cárceles están abiertas para familiares y organismos sociales». En la foto asciende a Alcaide a Iván Ruiz, identificado como uno de los torturadores penitenciarios. Foto: Tomada de medios oficialistas.

Entró en vigencia la reforma a la Ley 406, Código Procesal Penal (CPP) de Nicaragua, para mantener detenido a cualquier ciudadano hasta por 90 días, mientras es investigado, al ser publicada en La Gaceta, diario oficial, este viernes, cinco de febrero.

Cinco años de la criminalización de las protestas cívicas en Nicaragua.
byArtículo 66

Las protestas fueron declaradas ilegales un 28 de septiembre de 2018. Ortega poco a poco consolidó un estado de excepción en Nicaragua, tomando como su principal brazo opresor a la Policía. Más en #AHORA, el pódcast de #Artículo66.

Cinco años de la criminalización de las protestas cívicas en Nicaragua.
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La reforma establece que las autoridades presentarán a la persona detenida ante el juez dentro de las 48 horas después de su detención y que a petición del Ministerio Público se celebrará inmediatamente una «audiencia especial de tutela de garantías constitucionales» para la ampliación de la investigación, la que no podrá ser menor de 15 días ni mayor de 90 días.

Con la reforma, el detenido siempre será llevado a la orden del juez en el plazo de las 48 horas, pero quedará a discreción del juez si lo deja en libertad por no presentar méritos en la acusación, si inicia el juicio o acepta la «audiencia especial de tutela de garantías constitucionales» para extender el plazo de la «investigación», explicó la abogada Martha Patricia Molina.

Noticia relaccionada: ¿Qué implicará la reforma al Código Procesal Penal de Nicaragua?

El diputado liberal Maximino Rodríguez sostuvo que la reforma sandinista tiene una dicotomía con el artículo 268 del CPP que establece el «sustento de la acusación» en el que la Fiscalía o el acusador particular deberán presentar ante el Juez elementos de pruebas que establezcan indicios razonables suficientes para poder llevar a juicio al acusado.

Fundación del Río Fundación del Río Fundación del Río

«En este caso, el imputado o imputada, puede estar siendo investigado sin estar preso que es lo que ustedes quieren, tener a un ciudadano castigado por 90 días como máximo y 15 como mínimo y después decirle: Ve, vos, no eras infractor, no cometiste delito, pero te castigamos porque nosotros así lo quisimos. Por tanto, me parece una aberración y un retroceso enorme», manifestó durante el debate, el 2 de febrero, día que se aprobó la reforma.

Tags: Código Procesal Penal de NicaraguaDiputados orteguistasPresos políticosrégimen orteguista
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