La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH) criticó la reforma del Código Procesal Penal aprobada el martes, dos de febrero, por la aplanadora de diputados sandinistas de la Asamblea Nacional, con la que permite a la Policía mantener tras las rejas sin pruebas a cualquier persona por 90 días, bajo «proceso investigativo».
La ONU expresó a través de su cuenta oficial de Twitter que la reforma del Código Procesal Penal al retrasar hasta 90 días el control judicial de la detención es contraria a la Constitución y los estándares internacionales. «Permite detener para investigar, en lugar de investigar para detener», señala
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El organismo aduce que está reforma aprobada con 70 votos de diputados sandinistas y sus aliados «atenta contra la presunción de inocencia y el derecho a conocer sin demora y en detalle la acusación en contra de uno».
Además, indica que la justicia orteguista pone en riesgo la integridad y seguridad de los denominados «detenidos judiciales» que permanecerán sin control judicial efectivo.
La organización exhortó al gobierno de Daniel Ortega a revisarla, «aportando los correctivos que garanticen el pleno cumplimiento de sus obligaciones internacionales en materia de #DDHH» También ofreció su apoyo y asesoría técnica a las autoridades para dicha revisión.
Reforma aprobada para seguir la represión
Luego de aprobada la reforma a la Ley de reforma y adición a la Ley 406, Código Procesal Penal (CPP), para ampliar el plazo de detención «preventiva» de 48 horas a 90 días, el diputado liberal Maximino Rodríguez sostuvo que la reforma sandinista tiene una dicotomía con el artículo 268 del CPP que establece el «sustento de la acusación» en el que la Fiscalía o el acusador particular deberán presentar ante el juez elementos de pruebas que establezcan indicios razonables suficientes para poder llevar a juicio al acusado.
«En este caso, el imputado o imputada, puede estar siendo investigado sin estar preso que es lo que ustedes quieren, tener a un ciudadano castigado por 90 días como máximo y 15 como mínimo y después decirle: Ve, vos, no eras infractor, no cometiste delito, pero te castigamos porque nosotros así lo quisimos. Por tanto, me parece una aberración y un retroceso enorme», manifestó.
Explicó que «los jueces quedaron inhibidos de investigar, quien investiga es el Ministerio Público y la Policía Nacional, consecuentemente, antes de aprehender un ciudadano debe de tener una investigación a priori. Esa reforma es simplemente que quieren castigar a ciudadanos que no han infringido la ley».
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La reforma fue presentada el miércoles, 27 de enero, y establece cambios en los artículos 253 y 256. El 253 menciona que cuando la persona detenida por la Policía sea presentada ante el juez dentro de las 48 horas después de su detención, se celebrará esa audiencia de tutela de garantías constitucionales donde el Ministerio Público solicitará la ampliación del plazo para investigar y se pedirá la «detención judicial» que podrá extenderse hasta por 90 días según el juez considere necesario. La iniciativa puntualiza que el plazo para esta investigación complementaria (detención judicial) no podrá ser menos a 15 ni mayor a 90 días.
Críticos a la dictadura de Daniel Ortega han afirmado que la reforma al Código Procesal Penal es el inicio de nuevas detenciones ilegales en contra de opositores, bajo la excusa de un proceso investigativo, que es simplemente violación a sus derechos humanos.