La propuesta de la dictadura de Daniel Ortega de instaurar la pena de cadena perpetua a quienes cometan «crímenes de odio», incumpliría con los Tratados Internacionales de la que Nicaragua es firmante, no resolvería la violencia generalizada y constituye un tema «peligroso y desafortunado» ante la crisis sociopolítica que atraviesa el país desde abril de 2018, indican juristas.
La iniciativa implica una reforma parcial a la Constitución que requiere de dos legislaturas. Para ello, se deberá reformar el artículo 37 de la Carta Magna que establece que «la pena no trasciende de la persona del condenado. No se impondrá pena o penas que, aisladamente o en conjunto, duren más de treinta años». Una vez modificado, se publica la reforma y posterior, se reformaría el Código Penal para señalar qué delitos acarrearían cadena perpetua, resaltó el experto en Derecho Constitucional, Gabriel Álvarez.
Por tanto, solo la Asamblea Nacional está facultada para reformar y en base a proceso constitucional, estaría siendo aplicada el próximo año. Mandatar a la Corte Suprema de Justicia a preparar la mencionada iniciativa de reforma deja en evidencia una vez más la falta de separación de los Poderes del Estado, indica el experto.
«En primer lugar es políticamente inadmisible que se ponga en nivel de desprestigio y abyección al Poder Judicial; en segundo lugar, la Corte Suprema de Justicia no tiene competencias para introducir iniciativa de reforma parcial a la Constitución, solo lo tiene el Presidente y un tercio de los diputados; y en tercer lugar en términos penales, se debe ser más serio y delimitar cuál sería el contenido de tipo delictivo», señaló Álvarez.
Noticia relacionada: Daniel Ortega muestra sus miedos ofreciendo cadena perpetua a la oposición política
El abogado añadió que el lenguaje usado por los dictadores deja «vacíos» y «ambigüedades», con la posibilidad de ser un arma con carácter intimidatorio y amenaza política contra opositores. «Son declaraciones extrañas, desafortunadas, y preocupantes (…) que contienen un verdadero despropósito. En Nicaragua no existen las condiciones generales, ni propias del Poder Judicial como para creer que estas propuestas van a contribuir a la solución de un problema serio», indicó el experto, agregando que la violencia generalizada también son expresiones de la violencia estatal que contribuye a fomentar un ambiente violento.


Algunos juristas señalan que la reforma también podría ser un boomerang para la dictadura, dado que Nicaragua aún no se adhiere al Estatuto de Roma, bajo la excusa de que el Estatuto prevé penas como la cadena perpetua y por tanto, contradice la Constitución nicaragüense. Reformar el artículo de la Constitución deja abierta la posibilidad que en un futuro, los delitos de lesa humanidad que se cometan en el país, sean conocidos por la Corte Penal Internacional.
Sin embargo, el abogado y político opositor José Pallais explicó que el próximo gobierno democrático tiene el deber y propósito de ratificar al Estatuto, no obstante con reforma o sin reforma, los delitos de la dictadura siempre pueden presentarse ante los Tribunales Internacionales como la Corte de La Haya. Por su parte, destacó que tipificar la cadena perpetua estaría infringiendo los Tratados Internacionales en materia de Derechos Humanos, entre ellos la Convención Americana sobre Derechos Humanos conocida como Pacto de San José. La cadena perpetua representa una «pena inhumana», dijo Pallais.
Descartan reformas electorales dentro de iniciativa
Por otro lado, el político opositor descartó que la dictadura aproveche, a través de esta iniciativa, incluir reformas electorales de manera unilateral. «Este gobierno no está haciendo nada para devolverle a Nicaragua su derecho a decidir». Álvarez, por su parte, explicó que «una vez aprobada (la reforma) en primera legislatura que concluye el 15 de diciembre, ya no pueden introducirse nuevos temas sustantivos en segunda legislatura; pueden haber modificaciones de forma, pero no modificaciones que difieran significativamente, porque se estaría incumpliendo la exigencia constitucional de aprobar en dos legislaturas».