En su alocución de mediodía de este martes, 14 de julio, la vocera designada del régimen de Nicaragua, Rosario Murillo anunció la reanudación de operaciones del Aeropuerto Internacional Augusto C. Sandino, ubicado en Managua. Según la vicepresidenta, la decisión se da tras una Resolución Ministerial por parte del Ministerio de Salud (Minsa) y Aeronáutica Civil.
La primera dama destacó que esta acción se dará «con todos los cuidados y medidas de protección, todos requisitos que nos garantizan que operamos protegiendo la salud y la vida en nuestra Nicaragua».
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Más adelante, detalló que en el Consejo Consultivo del Aeropuerto se dieron a conocer todas las medidas para «una reanudación segura de las operaciones del aeropuerto, las líneas aéreas irán presentando su propuesta de itinerario sobre los viajes que pretendan realizar en tiempos difíciles COVID-19».
Extranjeros con síntomas no entrarán y connacionales irán a cuarentena
Murillo también destacó que se les solicitará la prueba de Reacción en Cadena de la Polimerasa (PCR) para COVID-19 realizado en un período no máximo de 72 horas a las personas viajeras internacionales «extranjeros» y añadió que «los no nacionales que presenten síntomas de fiebre y problemas respiratorios no pueden ingresar al país».
En cuanto a los nacionales que presenten síntomas respiratorios podrán ingresar al país, pero pasarán a resguardo domiciliar, cumpliendo el protocolos establecidos. Por otro lado, Murillo manifestó que «los viajeros que a su ingreso presenten resultado negativo prueba PCR de COVID-19, tendrán movilidad en el país y se le dará seguimiento vía telefónica por 14 días por parte del Minsa».
Vuelos chárter de pasajeros, humanitarios y repatriación
Según la Resolución Ministerial 346-2020 en el caso de que los operadores que soliciten realizar vuelos chárter de pasajeros, humanitarios,repatriación, deberán cumplir los requisitos como el certificado de fumigación y la lista detallada de pasajeros ingresando y saliendo, con copia de sus pasaportes.
Además de los técnicos al INAC como especificaciones y limitaciones de operación de la compañía y a la vez el certificado de Aeronavegabilidad y matrícula; póliza de seguro y certificado médico y licencia de tripulación.
También deberán llenar el formulario de sobrevuelo y aterrizaje y otros requisitos que las autoridades de salud pública requieran.