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Policía Nacional reforma de facto la Ley de Tránsito

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abril 22, 2018
en Destacadas, Nacionales
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Agentes de tránsito de la Policía de Nicaragua multarán a los conductores que pasen los noventa kilómetros por hora. Foto: tomada de NuevaYa

Agentes de tránsito de la Policía de Nicaragua multarán a los conductores que pasen los noventa kilómetros por hora. Foto: tomada de NuevaYa

[vc_row][vc_column][vc_column_text]La Policía Nacional les ordenó a sus agentes de tránsito multar a todo conductor que maneje en carretera abierta a más de 90 kilómetros por hora, aunque la Ley 431 —del Régimen de Circulación Vehicular e Infracciones de Tránsito— en el artículo 37 `Límites de Velocidad´ establece que «en carreteras la velocidad máxima será de 100 kilómetros por hora».

 

Ley 431, Ley para el Régimen de Circulación Vehicular e Infracciones de Tránsito
Ley 431, Ley para el Régimen de Circulación Vehicular e Infracciones de Tránsit.

 

La especialista en seguridad ciudadana Elvira Cuadra afirmó que este tipo de ordenanzas son «reactivas» a la situación que vive Nicaragua en referencia a los accidentes de tránsito; no obstante, «se están saltando la Ley, que es un instrumento aprobado por la Asamblea Nacional; y las demás instituciones no pueden reformarlo, a menos que esta lo haga».

Asimismo, Cuadra explicó que hay precisiones técnicas que no se deben obviar, ya que «en carretera abierta, no se puede tener la misma velocidad porque cruzan con algunos poblados». Para la especialista, decir «sin mayor diferenciación» que serán multados quienes excedan los noventa kilómetros por hora es «superficial y, en el fondo, no contribuye de la mejor manera a la situación, que es crítica (en temas de accidentalidad)».

Según las cifras oficiales de Tránsito de la Policía Nacional, en 2016, se registraron 791 muertos en carretera. A mediados de este año, ya se contabilizaba casi la mitad del total del año pasado, lo cual indica que las cifras —de seguir igual— podrían incrementar al cierre del anuario 2017.

Para Cuadra, aunque se lleve esta orden a la Asamblea Nacional y se aplique una reforma a la Ley de Tránsito, no significa que se estén solucionando los problemas de accidentalidad porque «hay una combinación bien fuerte entre la regulación policial y educación vial, entonces, no van a tener el impacto que se necesita en la realidad nicaragüense».

Procedimientos inapropiados

Cada vida una historia Cada vida una historia Cada vida una historia

Félix Maradiaga, director ejecutivo del Instituto de Estudios Estratégicos y Políticas Públicas (Ieepp), aseguró que la orden de la Policía Nacional es una buena iniciativa para impulsar mejorías en los problemas de muertes por accidentes de tránsito; sin embargo, los procedimientos que se están ejecutando «no son apropiados».

Maradiaga considera que existen ambigüedades en cuanto a lo que deben cumplir los conductores; por tanto, es necesario aclarar los límites de velocidad porque, en esta nueva orden policial, no hay correspondencia entre la versión de los agentes de tránsito, las señales y lo establecido por la ley.

«No es negativo que la Policía gire una orden que viene a multar a quienes exceden los límites de velocidad, porque una de las principales causas de muertes en accidentes de tránsito es por el exceso de velocidad… (Sin embargo), no solo se trata de emitir órdenes», explicó el director ejecutivo del Ieepp.

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Tags: arbitrariedadesmultasnicaraguaPolicía Nacionalreformas
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