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vie. 18 sep.
Nacionales

Nicaragua pagará un arancel de 12.5 % a Estados Unidos por incumplimiento en frenar el trabajo forzoso

La Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos dijo que 60 economías, de las que recibe el 99.4 % de sus importaciones, pagarán un arancel adicional
Por Artículo 66 julio 24, 2026

Estados Unidos anunció aranceles para 60 economías, muchas de ellas socias comerciales del gigante norteamericano y entre estas se encuentra Nicaragua.

La decisión la adoptó la Oficina del Representante Comercial y en el caso de Nicaragua será de 12.5 %, a excepción de los textiles y productos de confección que se hayan despachado por vía del DR-Cafta.

El anuncio lo hizo el embajador Jamieson Greer, quien está al frente de la Oficina, al concluir la investigación de que estas 60 economías no cumplían con las prácticas para evitar la importación de productos fabricados a partir del trabajo forzoso.

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«La medida comenzará a corregir lo que constituye una violación de los derechos humanos y una práctica comercial distorsionadora, para mejorar el bienestar de los trabajadores en todo el mundo. Me alientan los socios comerciales que han actuado con rapidez para adoptar prohibiciones de importación de productos elaborados con trabajo forzoso, y espero garantizar su cumplimiento efectivo», declaró Greer al dar a conocer la decisión adoptada por el gobbierno de Trump.

Qué productos estarán libres de los aranceles

Sobre Nicaragua, uno de los documentos que se basa en la Sección 301 de la Ley de Comercio de Estados de 1974 y cuya investigación comenzó hace poco tiempo, determinó «imponer aranceles del 12.5 por ciento a los productos», algo que consideraron «apropiados para lograr la eliminación de los actos, políticas y prácticas que se consideraron objeto de acción en la investigación».

Estos aranceles entrarán en vigor este mismo viernes, 24 de julio, que afectarán a socios estadounidenses tanto en Latinoamérica como en el resto del mundo.

Por el continente, además de Nicaragua deberán pagarlo México, Argentina, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, República Dominicana, Honduras, Nicaragua, Perú, Uruguay y Venezuela; como se ve, casi todas las naciones de Centroamérica.

Aranceles para aliados de Estados Unidos

Greer explicó que estos aranceles son para las 60 economías principales socias comerciales de Estados Unidos, que segun detalló, representan el 99.4% de las importaciones de su país.

De esas economías, varias de ellas se han comprometido con la Casa Blanca y la Oficina del Representante Comercial para adoptar prácticas que impidan la importación de productos a partir del trabajo forzoso, pero igualmente tendrán un arancel del 10 %. Las que no lo hagan les aplicarán el que tiene Nicaragua, 12.5 %.

«El presidente Trump reconoce que décadas de persuasión moral no han erradicado el trabajo forzoso de las cadenas de suministro globales. Estados Unidos mantiene una prohibición de importación de productos elaborados con trabajo forzoso desde hace casi un siglo y la aplica rigurosamente; ya es hora de que nuestros socios comerciales hagan lo mismo», destacó el representante de la Oficina sobre la medida que ya está en vigencia.

Los 10 países que se han comprometido con EEUU para evitar estas prácticas son: Argentina, Bangladesh, Camboya, Canadá, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, India, Indonesia, Jordania, Malasia, México, Pakistán, Sri Lanka, Trinidad y Tobago y el Reino Unido.

Mientras que otras como de la Unión Europea, Taiwán, Japón, Corea del Sur y Suiza tendrán el arancel entre 10 a 12.5 %, en ciertos productos.

Lee también: Estados Unidos estudia imponer arancel adicional de 12,5 % a Nicaragua por trabajo forzoso

Qué decidió la Oficina del Representante Comercial

Las excepciones se aplicarán a materias primas que, si estuvieran sujetas a estos aranceles, podrían provocar la falta de disponibilidad de suministro estadounidense; productos que podrían causar perturbaciones en toda la economía si estuvieran sujetos a estos aranceles.

También a productos que no se pueden cultivar o producir en cantidades suficientes o a precios razonables en los Estados Unidos u obtener de otras fuentes; ciertos productos de Argentina, Bangladesh, Camboya, Ecuador, El Salvador, la Unión Europea, Guatemala, Indonesia, Jordania, Malasia, Suiza, Taiwán o el Reino Unido que alentarían a estas economías a cumplir con los compromisos relativos a las prohibiciones de importación de trabajo forzoso o a promulgar y hacer cumplir de manera efectiva una prohibición de importación de trabajo forzoso.

Así como artículos para los cuales estos aranceles pueden no contribuir sustancialmente a la eliminación de los actos, políticas y prácticas que se consideran procesables en las investigaciones.

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