El Tribunal Administrativo de la Organización de Estados Americanos (OEA) falló este lunes en contra del secretario general de esa organización, Luis Almagro, por ocasionar “daños morales, personales y profesionales” al abogado Paulo Abrão, a quien impidió en el 2020 ejercer un nuevo mandato dentro de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
“Declarar con lugar la solicitud del recurrente de un indemnización en concepto de reparación de los daños morales, personales y profesionales”, señala el fallo del Tribunal Administrativo.
Tras este fallo, el Tribunal señala que se le debe de permitir a Abrao el “ejercicio del derecho a la rectificación o respuesta establecida en el artículo 14 de la Convención Americana de Derechos Humanos”.
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Además, la Secretaría General de la OEA deberá pagar al defensor de derechos humanos el equivalente a 12 meses de salario en concepto de indemnización. El documento también señala que la secretaría debe de ofrecer al abogado una fecha específica de un ingreso a la CIDH y el tiempo determinado de su mandato, y “una declaración de que, a la fecha de terminación de su contrato, no existía ninguna investigación o hallazgo formal ni sanción contra él”.
Almagro investigado
La decisión del máximo órgano de revisión de la OEA llega semanas después de que se inicia una investigación interna en contra del secretario genera por una supuesta relación íntima con otra persona de la plantilla de este organismo.
El proceso abierto «recientemente» evalúa si la relación con esa mujer, de la que según la fuente «todo el mundo sabe que es su novia», viola las reglas éticas internas de esa institución con sede en Washington y que celebra estos días su asamblea en Lima.
Ese reglamento interno estipula que “los miembros del personal y demás proveedores de servicios no deberán permitir que ninguna relación con otro miembro del personal o proveedor de servicios interfiera con el desempeño de sus funciones o coloque en desventaja a otras personas en el lugar de trabajo”.
Asimismo, establece que aquellos que tengan una relación íntima con otro miembro del personal o proveedor de servicios «se descalificarán para supervisar o evaluar a esa persona» y no podrán «participar en ningún proceso en el que se tome o examine una decisión administrativa que afecte los intereses de esa persona».
La mujer en cuestión trabaja en la Secretaría para el Fortalecimiento de la Democracia y no en la oficina del secretario general, por lo que no está bajo el mandato de Almagro.
Muchas actuaciones del secretario Almagro son criticables