La Asamblea Nacional, dominada por el orteguismo, presentó el lunes, 22 de agosto, una nueva lista de 100 organizaciones sin fines de lucro que serán canceladas próximamente. Con esta nueva ejecución sumarán más 1,500 organismos cancelados en lo que va del 2022.
El diputado oficialista Filiberto Rodríguez fue el encargado de presentar los nombres de las Organizaciones No Gubernamentales (ONG) a eliminar a través de la aprobación de un decreto, que se presentará en una sesión plenaria del Legislativo. El Ministerio de Gobernación insiste que las organizaciones afectadas incumplieron con sus obligaciones conforme lo establece la Ley de Regulación y Control de Organismos Sin Fines de Lucro y su Reglamento, y la Ley Contra el Lavado de Activos, el Financiamiento al Terrorismo y el Financiamiento a la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva.
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Entre la nueva lista de cancelación destaca la Asociación de Cafetaleros de Managua y asociaciones municipales, además de la Asociación Nicaragüense de Empresas de Radiocomunicaciones (Anerc) y el Club de Radio Experimentadores de Nicaragua.
Recientemente la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para Los Derechos Humanos (OACNUDH) y la organización Raza e Igualdad se pronunciaron en rechazo a la reforma a la Ley General de Regulación y Control de Organismos sin Fines de Lucro (OSFL), ejecutada por la Asamblea Nacional, que otorga más control a Gobernación contra Organización no Gubernamentales del país.
«Rechazamos la Iniciativa de Reforma de la Ley de OSFL. Solo un tribunal independiente debe poder disolver una organización: concentrar esta potestad en el Poder Ejecutivo erosiona aún más el espacio cívico y la libertad de asociación, esenciales en democracia», refirió la oficina de Michelle Bachelet.
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La OACNUDH citó a la exrelatora especial de Naciones Unidas sobre el derecho a la libertad de asociación refiriendo que, «la suspensión o la disolución de una asociación deberá ser autorizada por un tribunal independiente e imparcial en caso de peligro claro e inminente de violación flagrante a las leyes nacionales, con arreglo a las normas internacionales de derechos humanos».
En el caso de las empresas privadas, Ortega creó un capítulo especial en la Ley 1115, nombrado: Capítulo V, OSFL de cámaras gremiales empresariales; en donde señala en unos de sus artículos que las organizaciones empresariales, al igual que las entidades del ámbito deportivo y de recreación, deberán iniciar un proceso de convalidación ante la Dirección General de Registro y Control de las OSFL a cargo del Migob.