El Tribunal de Apelaciones de Managua (TAM), sala civil dos, se retractó de su decisión de admitir el recurso de amparo contra los magistrados del Consejo Supremo Electoral (CSE) por la cancelación de la personalidad jurídica del partido político opositor Ciudadanos por la Libertad (CxL).
Los magistrados del TAM habían admitido el recurso de amparo y notificaron al presidente en funciones del extinto CxL, Óscar Sobalvarro, para que se presentara ante la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) en un plazo de 10 días.
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A los magistrados del CSE, el TAM le ordenó elaborar un informe sobre el caso de CxL y la cancelación de la personalidad jurídica y presentarlo ante la Sala Constitucional en un término de 15 días.
La nueva resolución del TAM explicó que hubo un error en lo «plasmado» en la notificación que recibió Sobalvarro el pasado primero de octubre.
«Posterior a lo actuado se constató que la opinión emitida por los magistrados integrantes de esta sala no se corresponde con lo plasmado en la resolución que se notificó, puesto que la opinión emitida por esta sala», señala.
La nueva decisión del TAM concluye que «no existiendo violación a los derechos constitucionales de la inexistente entidad recurrente a través de su actual supuesto representante legal, no debe admitirse a trámite el presente recurso de amparo y así debe declararse».
«En su resolución revocatoria no hace referencia alguna al cumplimiento o no de los requisitos de forma, como correspondería en su calidad de órgano receptor del recurso, sino que acoge las consideraciones de fondo planteadas por el CSE en la resolución recurrida, sin referencia alguna a las violaciones constitucionales alegadas por Ciudadanos por la Libertad en su recurso para que fueran conocidas por la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia», indicó por su parte el extinto CxL.
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CxL recurrió de amparo contra los magistrados sandinistas del CSE porque consideran que el Poder Electoral violó derechos y garantías constitucionales y que por tal razón debe ser dejada sin efecto la resolución del CSE por sentencia de CSJ.
El seis de agosto pasado, María Haydée Osuna, presidenta y representante legal del Partido Liberal Constitucionalista (PLC), señaló que CxL «de forma constante y públicas realiza acciones contrarias a las obligaciones de los partidos políticos dispuestas en el artículo 59, numeral 6 de la Ley Electoral».
El amparo detalla que los magistrados del CSE violaron los artículos 34 numerales 1, 4, 8 y parte final, 55, 130 párrafo primero, 182 y 183 de la Constitución Política de la República de Nicaragua.