La administración del régimen de Daniel Ortega se va de descanso desde el viernes 4 de diciembre hasta el miércoles 9 de diciembre, en ocasión a la celebración religiosa de la Inmaculada Concepción de María, «La Purísima», anunció este miércoles, dos de diciembre, la vocera, Rosario Murillo.
«Salimos el viernes 4, luego cinco, seis (…) para que disfrutemos todos de las celebraciones marianas, de las luces, de la pólvora», explicó Murillo durante su comunicación a los medios gubernamentales.
«Tenemos el lanzamiento de un fin de semana largo en el que vamos a disfrutar nuestra Nicaragua, nuestras tradiciones, nuestras fiestas de familia, nuestros paisajes, nuestros municipios».
«Porque nos visitamos unos a otros con seguridad y con el cariño que crece, que tiene alas, alas de ángel, de ángeles que nos cubren y que van guiando los pasos de las familias y de las comunidades de nuestra Nicaragua hacia ese porvenir pacífico, armonioso», dijo Murillo al referirse a las visitas casa a casa.
El próximo viernes, las instituciones involucradas presentarán un «Plan de seguridad y protección de la salud y la vida» ante las celebraciones marianas.
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Tras el anuncio de la vicepresidenta, el Ministerio del Trabajo (Mitrab) dio a conocer el comunicado oficial que declara el día ocho de diciembre feriado nacional para los trabajadores del sector público y privado.
El Mitrab también señala que «de conformidad a lo establecido en el artículo 66, párrafo segundo del Código del Trabajo, el Poder Ejecutivo podrá declarar días de asueto con goce de salario o a cuentas de vacaciones, tanto a nivel nacional como municipal, por tanto, se declara el día lunes 7 de diciembre del presente año, día de asueto a cuenta de vacaciones para los trabajadores del sector público».
«Se exceptúan las instituciones cuyas suspensiones de labores puedan afectar las actividades económicas, sociales y de seguridad del país. En el caso del día lunes, siete de diciembre del presente año, los empleadores y trabajadores del sector privado, deberán ajustarse a la costumbre, o lo acordado entre ambas partes».
«Se exceptúan los trabajos que no sean susceptibles de interrupción por su naturaleza o por la índole de las necesidades que satisfacen, de conformidad al artículo 69 del Código del Trabajo y que puedan afectar las actividades económicas, sociales y de seguridad del país», recalca el comunicado.