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Diputados de Ortega aprueban en 17 minutos la Ley para someter a las agencias de cooperación internacional

La aplanadora sandinista en la Asamblea Nacional aprobó con 87 votos de sus diputados los ocho artículos de la nueva Ley que regula la cooperación brindada por los organismos, agencias de cooperación y misiones diplomáticas acreditadas en Nicaragua.La ley fue aprobada en lo general, ayer jueves, 28 de noviembre de 2024, y en lo particular, … Continuar leyendo
Por Artículo 66 noviembre 29, 2024
Diputados de Ortega aprueban en 17 minutos la Ley para someter a las agencias de cooperación internacional
Diputados de Ortega aprueban en 17 minutos la Ley para someter a las agencias de cooperación internacional

La aplanadora sandinista en la Asamblea Nacional aprobó con 87 votos de sus diputados los ocho artículos de la nueva Ley que regula la cooperación brindada por los organismos, agencias de cooperación y misiones diplomáticas acreditadas en Nicaragua.

La ley fue aprobada en lo general, ayer jueves, 28 de noviembre de 2024, y en lo particular, los ocho artículos fueron refrendados, uno por uno, en la sesión plenaria de este viernes, 29 de noviembre. Ninguno de los artículos aprobados fue discutido por los parlamentarios que obedecen las órdenes directas de Daniel Ortega.

La sesión parlamentaria duró 17 minutos desde la comprobación de quorum por parte de la secretaria legislativa, Loria Raquel Dixon, hasta que el presidente de la Asamblea, Gustavo Porras, dio por aprobado el octavo artículo y dejar por aprobada la nueva ley.

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En los primeros dos artículos de la ley aprobada, el régimen de Ortega deja claro a la cooperación internacional que debe cumplir ciertos lineamientos para cooperar en el país.

Estableció, por ejemplo, en el primer artículo, que el objeto de la Ley será «regular las acciones de cooperación que desarrollan los organismos, agencias de cooperación y misiones diplomáticas acreditadas en Nicaragua».

En el artículo 2 de esta iniciativa de ley se orientan que la cooperación que se brinde al país «se realizará sin condicionamientos políticos, económicos, sociales o culturales, con estricto respeto a la soberanía nacional, independencia y autodeterminación, sin injerencia en asuntos internos y de acuerdo a la legislación nacional y los principios del derecho internacional».

Además, incluyen como principio rector de la cooperación internacional que esta se brinde «conforme a las prioridades nacionales y alineadas a los planes, programas y estrategias nacionales establecidas por el Gobierno de la República de Nicaragua».

La autoridad competente para todos los aspectos relacionados con los organismos, agencias de cooperación y misiones diplomáticas, según el artículo 3 de esta nueva legislación, será el Ministerio de Relaciones Exteriores

Nombramientos de funcionarios de la cooperación tendrán que ser autorizados

Además, en el artículo 6 de la nueva legislación se ordena a los organismos y agencias de cooperación que «previo a la designación de un funcionario o miembro, deben solicitar por escrito la anuencia del Minsiterio de Relaciones Exteriores, especificando cargo y funciones a desarrollar. A dicha solicitud deben adjuntar la hoja de vida del funcionario propuesto».

La ley, establece que la cantidad de funcionarios o miembros a acreditar «se deberá mantener dentro de los límites razonables a consideración del Ministerio de Relaciones Exteriores, teniendo en cuenta la actividad a realizar en el país».

Con esta nueva ley, el dictador Daniel Ortega condicionará a sus lineamientos autoritarios a la cooperación internacional proveniente de organismos, agencias y misiones diplomáticas en Nicaragua, contradice los estándares internacionales, especialmente en materia de democracia, libertades y derechos humanos, confirman especialistas consultados por Artículo66.

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