El régimen de Nicaragua oficializó la mañana de este cuatro de octubre la creación de la «Ley del Teatro Nacional Rubén Darío». La normativa, enviada por Daniel Ortega, establece dar rango de ministro al director del edificio cultural para que este sea un ente bajo el control del Estado.
La Ley número 1130 publicada en el diario oficial La Gaceta consta de 12 artículos, y establece que, «tiene por objeto establecer el funcionamiento, administración, dirección, promoción, desarrollo y conservación del Teatro Nacional Rubén Darío, para beneficio de la cultura nacional».
Noticia relacionada: Ortega va por el control de las producciones audiovisuales en Nicaragua
Se le confiere al mismo tiempo «el carácter de ente descentralizado del Poder Ejecutivo, bajo la rectoría sectorial de la Presidencia de la República, con autonomía técnica y administrativa, personalidad jurídica propia, patrimonio propio, de duración indefinida, con plena capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones en materia de su competencia».
Entre sus artículos establece que el Teatro Nacional «estará a cargo de una Directora o Director quien será nombrado por el presidente de la República, con el rango de ministra o ministro, y tendrá la representación legal del Teatro Nacional Rubén Darío, con las facultades propias de un apoderado general de administración». El actual director del Teatro Nacional es Ramón Rodríguez, pero hasta el momento el régimen no ha especificado si es él quien ascenderá a ministro.
«La Dirección Superior del Teatro Nacional Rubén Darío, para su correcto funcionamiento, contará también con subdirectoras o subdirectores, quienes serán nombrados por la directora o director, y tendrán las funciones que este le asigne», añade el escrito.
La ley también establece restricciones sobre su uso que dejan un margen a la discrecionalidad, ya que prohíbe el uso de las instalaciones para actividades que «desvirtúen la finalidad para la cual ha sido creado». Además, prohíbe la explotación comercial de las imágenes del Teatro sin previa autorización de la Dirección Superior.
Noticia relacionada: Ortega quieren «apagar» las voces de los artistas, por eso los persigue y destierra
Asimismo, establece al menos 12 funciones para el director, entre ellas de aprobar los espectáculos y el uso de los salones del edificio, estar presente o delegar su representación en todos los actos y funciones generales que se realicen en el Teatro, elaborar el presupuesto anual, crear las oficinas y dependencias necesarias para su buen funcionamiento.
En el artículo número nueve establece dos beneficios para el Teatro, enfocados en el pago de tarifas mínimas en servicios básicos de agua y energía eléctrica.
El régimen recientemente había realizado cambios de este estilo con la reforma a la Ley Reguladora del Instituto Nacional Tecnológico (Inatec), bajo la Ley 1063, que pone a la instritución legalmente bajo el control directo del régimen de Daniel Ortega y se le otorga el rango de ministro al director o directora general del Inatec.